REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES

San Fernando, 22 de agosto de 2003.

193 ° y 144 °


CAUSA N ° 1Aa 731-03.


JUEZ PONENTE: DR. ALEXIS PARADA PRIETO.


Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, pronunciarse de conformidad con lo establecido en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, sobre la Admisión o no del Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. VERONICA MARIA ROSARIO CASTELLANOS, en su carácter de FISCAL CUARTA del MINISTERIO PUBLICO en la Causa N° 2C-4325-03 nomenclatura de ese Tribunal de Control y signada en esta superior Instancia bajo el N° 1Aa-731-03 donde aparece como presunta víctima el ciudadano NESTOR GARCIA ASCANIO, en contra de la decisión de fecha 31 de Julio de 2.003, dictada por el Tribunal Segundo en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual manifiesta lo siguiente:
“(Omissis)… considera quien aquí se pronuncia que lo procedente y ajustado a derecho a fin de garantizarle el derecho que les asiste a los ciudadanos solicitantes en escrito corriente a los folios 63 al 66 y 70 al 73, es fijar el plazo necesario para que el Ministerio público concluya la investigación. No habiendo objeción alguna a lo antes expuesto, la ciudadana juez, señala que en consideración a la complejidad de la investigación y a la situación jurídica en que se encuentran los ciudadanos abogados HECTOR SALVADOR PARRA Y LUISA PANTOJA, considera pertinente fijarle al Ministerio Público el plazo de CIENTO VEINTE (120) DIAS CONTADOS A PARTIR DEL RECIBO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES PARA LA CONCLUSION DE LA PRESENTE INVESTIGACIÓN. (omissis)…”

A tal efecto se observa que el referido recurso satisface los requisitos de Impugnabilidad, legitimación y oportunidad exigidos por la ley.

Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

UNICO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la FISCAL CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO abogada VERONICA MARIA ROSARIO CASTELLANO, en la Causa signada con el N° 1Aa-731-03, en contra de la decisión de fecha 31 de Julio de 2003, dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal. Atendiendo a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase.

Dada, firmada y sellada en la Sede de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año dos mil tres (2003).

ALEXIS PARADA PRIETO.


JUEZ SUPERIOR PRESIDENTE DE
LA CORTE DE APELACIONES.
(PONENTE)

MARIELA CASADO ACERO. ALBERTO TORREALBA LÓPEZ.


JUEZA SUPERIOR. JUEZ SUPERIOR


ZAIDA SAVERY OCHOA.

SECRETARIA

CAUSA N ° 1Aa-731-03.