REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SAN FERNANDO DE APURE, SEIS (06) DE AGOSTO DE 2.003
193° y 144°
AUTORIZACION DE VIAJE:
Se autoriza suficientemente el traslado de la adolescente VANESSA CAROLINA SOTO REYES, venezolana, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.872.550, quien viajará con la ASOCIACION CIVIL “JUVENTUD CON UNA MISION” (JUCUM), a los países de REPUBLICA DOMINICANA y CURAZAO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 392 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Esta Autorización Judicial es Válida para el traslado de dicha adolescente a los mencionados países. Así como para la tramitación del Pasaporte y la Visa respectiva. Igualmente para que los padres de la referida adolescente firmen todo lo relacionado con la expedición del pasaporte respectivo ante la DIEX. Se expide la presente AUTORIZACION a solicitud de parte interesada y de orden de este TRIBUNAL, a los seis (06) días del mes de Agosto de Dos Mil Tres (2.003).-
Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.-
DR. CASTOR JOSE UVIEDO
JUEZ PROV. DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
CJU/alba
EXP. N° 204.-