REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 18 de Agosto de 2.003
193° y 144°
EXPEDIENTE N°: 2.002- 3-705
DEMANDANTE: MARIO R. DECANIO BOLIVAR,
representado por el Abogado JOSE ANGEL ARMAS.
DEMANDADO: AGROMERC. PASTILLANEANDO,
en la persona de su Representante legal,
ciudadano RAUL A. GONZALEZ
JUICIO: COBRO DE BOLIVARES POR
ITIMACION.
Por recibida y vista la diligencia que antecede, estampada por el Abogado JOSE ANGEL ARMAS, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano MARIO DECANIO BOLIVAR, mediante la cual Desiste del presente Juicio; désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho.- En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, ordena HOMOLOGAR dicho DESISTIMIENTO, se da por terminado el presente Juicio, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de Sentencia pasada.- Así mismo, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente respectivo.- CUMPLASE.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
Ajc.-
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