REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando, 01 de Diciembre de 2003.
193 ° y 144 °
CAUSA N° : 1As -788-03
PONENTE : MARIELA CASADO ACERO
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, pronunciarse de conformidad con lo establecido en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, sobre la Admisión o no del Recurso de Apelación de Sentencia, interpuesto por el Defensor Público Cuarto, Abogado JACKSON CHOMPRE LAMUÑO, inscrito en el IPSA Bajo el N ° 38.390, actuando en defensa del imputado: ANGEL RAFAEL OJEDA BARREÑO, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal con Funciones Control de esta Circunscripción Judicial, en fecha 09 de Octubre de 2.003 producida en la audiencia preliminar celebrada en fecha 26 de Septiembre de 2.003; en la que su defendido optó por acogerse de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal a la admisión de los hechos, en la causa instruida en su contra signada bajo el N° 1C-4074-03, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, en perjuicio del que respondiera en vida con el nombre de: Rigoberto Soto Lugo.
A tal efecto se observa, que a los folios 239 al 247, cursa escrito de apelación del cual se desprende que el recurrente tiene los requisitos de impugnabilidad, legitimidad y oportunidad que le permite hacer uso del referido recurso.
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Público Cuarto, Abogado JACKSON CHOMPRE LAMUÑO, inscrito en el IPSA Bajo el N ° 38.390, actuando en defensa del imputado: ANGEL RAFAEL OJEDA BARREÑO, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 09 de Octubre de 2.003 producida en la audiencia preliminar celebrada en fecha 26 de Septiembre de 2.003, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal con Funciones Control de esta Circunscripción Judicial; en consecuencia se
ACUERDA fijar para el día martes 09 de Diciembre de 2003, a las 10:30 a.m. la Celebración de la Audiencia Oral y Pública. Ello conforme al Artículo 437 en relación con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, al primer ( 01 ) día del mes de Diciembre del año dos mil tres ( 2003 ).
ALEXIS PARADA PRIETO.
JUEZ SUPERIOR PRESIDENTE
DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE.
MARIELA CASADO ACERO ALBERTO TORREALBA LÓPEZ
JUEZA SUPERIOR. JUEZ SUPERIOR
( PONENTE )
ZAIDA SAVERY OCHOA.
SECRETARIA.
CAUSA N ° 1As 788-03.
MCA/sm