REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
En el día de hoy, Tres (03) de Diciembre del año dos mil tres (2003), siendo las 9:30 a.m., se da inicio al acto del Juicio Oral y Público en la Causa No. 1M89-02, llevada por este Tribunal Mixto Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, seguido por el procedimiento Ordinario, seguido a PEREZ BERMEJO JESUS RAFAEL, constituido dicho Tribunal por los escabinos LOPEZ LORENA YELITZA titular 1, LUIS SOLORZANO, titular 2 y la Juez Presidente del Tribunal Mixto ABOG. WILMER ARANGUREN, quien le tomó juramento a los escabinos. La Juez Presidente da inicio al acto y declara abierta la audiencia Oral y Pública, solicita a la secretaria verifique la presencia de las partes, quien constata que se encuentra presente la DRA. AMARILIS URBANEJAS, Fiscal Octavo del Ministerio Público, el abogado defensor DR. JOSÉ ANGEL HURTADO Y el acusado JESÚS RAFAEL PEREZ BERMEJO. El defensor Solicita el derecho de palabra y manifiesta: solicito dos situaciones por cuanto el tribunal ha verificado que estamos presentes las partes mas no así los expertos y testigos promovidos en la misma, solicito que de conformidad a lo establecido en el articulo 335 del Código Orgánico Procesal penal, se difiera la celebración de la presente Audiencia oral y Pública para una nueva oportunidad diferente a la de hoy y cuando el calendario judicial que de acuerdo con la programación de juicios lo permita, en segundo lugar amparado en los Artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal que declara que en el curso del proceso judicial el acusado debe encontrarse en estado de libertad tal como lo ampara el articulo 243 ejusdem y por cuanto sobre mi defendido pesa medida cautelar de privación de la libertad de casi 3 años lo cual satisface lo establecido en el articulo 244 del mismo código y solicito que se le revise y sustituya la medida cautelar de privación de libertad por una menos gravosa de conformidad con los artículos 264 y 256 Ibidem, para lo cual mi defendido se compromete en este acto a cumplir con todas y cada una de las obligaciones que imponga este tribunal por lo que solicito se le tome el juramento correspondiente, así mismo solicito que se solicite la opinión favorable de la concesión de la medida cautelar a mi defendido al Representante del Ministerio Publico por ser titular de la acción penal y como garante de los derechos de la victima a los fines igualmente ciudadana juez de dar por demostrado el arraigo que pose mi defendido en la circunscripción judicial de este despacho, doy por reproducido en este acto el contenido de las constancias que rielan en la presente causa todas vez que permanecen vigentes dada la detención que aun sufre mi defendido . Es todo. Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Fiscal, quién manifestó: Solicito ciudadana Juez: se sirva librar un oficio indicativo de lo solicitado por la defensa, así como copia de las constancias que rielan del expediente incoada por la defensa, para que esta representante Fiscal como garante de los derechos de la victima de conformidad con el articulo 118 del Código Orgánico Procesal Penal, de manera clara por escrito de la opinión incoada por la defensa, igualmente se me remita copia certificada de la presente acta. Es todo. La Juez oída las peticiones de la partes, este Tribunal a los fines de pronunciarse por lo solicitado por la defensa, decidirá una vez que conste en autos la opinión de la Representante del Ministerio Público y se acuerda librar copias de las constancias que demuestren el arraigo del acusado, así mismo se difiere el presente Juicio Oral y Público para el día 01-03-04, a las 9:30 horas de la mañana, dado el calendario de Juicios llevados por este tribunal y que se cuenta con una sola sala de Juicios para los dos tribunales de juicios. Quedan notificadas las partes. Cítese a los expertos y testigos. Termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ PRESIDENTE,
AB. WILMER ARANGUREN TOVAR