REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES), CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGION SUR


San Fernando de Apure, 01 de Diciembre de 2003
193° y 144°

Por recibidas y vistas las presentes copias certificadas, provenientes del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, de Trabajo, Estabilidad Laboral, de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contentivas de la apelación ejercida por la abogada MAIGUALIDA QUINTERO en su carácter de apoderada judicial de la demandada “EMPRESA AGROPECUARIA LUGAREÑO C.A.” en el juicio de REIVINDICACIÓN que le siguen los abogados MIGUEL JESÚS PADILLA BAZO y MIGUEL FLORENCIA PADILLA en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ROQUE MANUEL HEREDIA HERNANDÉZ quien a su vez es el representante de la demandante EMPRESA “DESARROLLO BURIITA” C.A.; désele entrada, numérese e inventaríese con la nomenclatura de este Tribunal Superior y prosígase el curso de Ley. En consecuencia, este Juzgado Superior acuerda notificar a las partes de la presente admisión, advirtiéndoles que una vez que conste en autos la última de las notificaciones acordadas más cinco (5) días que se le conceden como término de distancia se declarará ABIERTO el lapso probatorio previsto en el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Librénse boletas.

El Juez Superior Provisorio,

Dr. Pedro Mujíca Sánchez.
El Secretario,

Andrés L. Lara Benavides.

Conforme a lo ordenado se le dio cumplimiento, quedando distinguido el presente expediente con el No. 1019.-

El Secretario,

Andrés L. Lara Benavides.

Exp. No. 1019.-
PMS/allb/jcct