REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SALA DE JUICIO No. 01, SAN FERNANDO, (10) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES (2.003).-
193° y 144°
Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 08-04-2.003, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en los Artículos 475 del Código Civil en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, igualmente expídanse dos (02) copias de la Sentencia a los ciudadanos CRUZ EDUARDO RIVAS Y ROSA ANGELINA LEON.- Líbrese lo conducente.-
La Juez Temp.,
Dra. TRINA PADRON.-
La Secretaria Temp.,
Abg. ROSA DANIEL.-
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
La Secretaria Temp.,
Abg. ROSA DANIEL.-
Exp. N° 8.767.-
TP/carmen.-