REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

En fecha Veinticuatro de Marzo del Dos Mil Tres (2003), la ciudadana: ROSA ESTHER CORTEZ, venezolana, mayor de edad, y domiciliada en el Municipio Biruaca del Estado Apure, debidamente asistido por los abogados JOSE GREGORIO VILLAFAÑA MARINA y MILAGROS VALENTINA GARCIA MEZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 75.684 y 75.685, instauro demanda de RECTIFICIACON DE PARTIDA DE NACIMIENTO, a su favor, en este Tribunal la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevado por la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, en el año de 1.969, inscrita bajo el Nº 1.735, el cual el error denunciado es que se colocó erróneamente el nombre su madre como JUANA VICTORIA FERNANDEZ, siendo lo correcto JUANA VICTORIA CORTEZ
Admitida la demanda por ante este Tribunal en fecha Veinticuatro de Marzo del Dos Mil Tres, este Tribunal libro boleta de notificación al Fiscal Sexto del Ministerio Publico y libro Edicto dándole el termino de ley.-
Cumpliendo a cabalidad con todos los requisitos y trámites procésales que contemplan la ley. Para este tipo de proceso y encontrándose la causa para dictar sentencia, este Tribunal Observa.
PRIMERO:

Analizadas las pruebas documentales traídas a los autos se evidencia el error cometido en acta de nacimiento N° 1.735 llevada por ante la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, en el año de 1.969. En cuanto al Apellido de la madre de la solicitante el cual aparece como JUANA VICTORIA FERNANDEZ, siendo lo correcto JUANA VICTORIA CORTEZ.

SEGUNDO:

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley. Declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ROSA ESTHER CORTEZ, en los libros de registro civil de nacimiento llevado por la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, remítase copia certificada de la presente decisión a la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, y al Registro Principal del Estado Apure a los fines de que RECTIFIQUE la correspondiente PARTIDA DE NACIMIENTO N° 1.735 del año 1.969 en libros de registro civil de nacimientos llevados por ambos despacho, una vez ejecutada esta decisión , por cuanto el nombre que tiene que aparecer es el de JUANA VICTORIA CORTEZ y no el de JUANA VICTORIA FERNANDEZ como aparece erróneamente.-
Publíquese regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala de este despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-San Fernando de Apure, 15 de Diciembre del 2003. Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación .

La Juez.

Abg. Anaid Carolina Hernández.-
La secretaria.

Abg., Auri Torres.-








ACHZ/Issel.-