REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PÁEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Guasdualito, cuatro de Diciembre del año dos mil tres.
193º y 144º
Exp. No. 452-96.
Por cuanto de las revisiones efectuadas de las actas procesales que integran el presente expediente, se observa que desde el 13 Agosto de 1998, las partes no han ejercido acto alguno, lo que significa han transcurrido Cinco años, tres meses y veintiún días, de esta última actuación (folio 07), razón por la cual este Juzgado Primero del Municipio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley con fundamento en el encabezamiento del artículo 267 en concordancia con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa. Notifíquese a las partes de esta decisión a tenor de lo previsto en los artículos 251 y único y aparte del 233 del referido Código y una vez firme la presente decisión, archívese el expediente. CUMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL.
ABOG. FRANCISCA GÓMEZ
LA SECRETARIA
CARMEN ALICIA ORTIZ
EXP. No. 452-96.
FG/CAO/je
04/12/2003.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PÁEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Guasdualito, cuatro de Diciembre del año dos mil tres.
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN.
SE HACE SABER.
A la ciudadana BOLIVIA DEL CARMEN FERNANDEZ DE FARIAS y/o NEBIL ARTURO FARIAS SIERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-2.475.731 y V-5.857.511, domiciliados en la Avenida Palmarito, Nº 92-51, Guasdualito, Estado Apure o a su apoderada judicial MARIA CONCEPCIÓN GUDIÑO MALPICA, venezolana, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.308, domiciliada en Guasdualito, Estado Apure, que en el juicio por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, en la causa signada con el No. 452-96. Que este Tribunal por sentencia dictada en esta misma fecha 04 – 12 – 2003, DECLARO DE OFICIO LA PERENCIÓN.
Firmara la presente boleta y la devolverá en prueba de haber sido Notificado(a).
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. FRANCISCA GOMEZ.
EL NOTIFICADO (A):
LUGAR:
HORA: FECHA:
EXP. No. 452-96.
FG/CAO/je
04/12/2003.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PÁEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Guasdualito, cuatro de Diciembre del año dos mil tres.
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN.
SE HACE SABER.
A los abogados LUIS BARRETO VIDAL y/o CLEMENTE ALEXANDER TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-3.985.168 y V-5.361.673, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 14.192 y 20.099 respectivamente, domiciliados procesalmente en la Calle Vásquez Nº 7-4, Guasdualito, Estado Apure, que en el juicio por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, en la causa signada con el No. 452-96. Que este Tribunal por sentencia dictada en esta misma fecha 04 – 12 – 2003, DECLARO DE OFICIO LA PERENCIÓN.
Firmara la presente boleta y la devolverá en prueba de haber sido Notificado.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. FRANCISCA GOMEZ.
EL NOTIFICADO (A):
LUGAR:
HORA: FECHA:
EXP. No. 452-96.
FG/CAO/je
04/12/2003.-
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