ACTA DE JUICIO 2U-186-03.
En San Fernando de Apure, en el día de hoy, dieciséis (16) de diciembre del año Dos mil tres, siendo las 10:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto del debate del Juicio Oral y Público en la causa signada con el número 2U-186-03 seguida en contra de la acusada DELIA YAMILE PÉREZ, se constituye el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de esta ciudad, de la manera siguiente: DRA. NORKA MIRABAL RANGEL Juez presidente, la ciudadana secretaria ABG. MARGARITA ESCOBAR y los Alguaciles de sala. Acto seguido se solicitó a la secretaria verificar la presencia de las partes, siendo informada por esta de la presencia en la sala el ciudadano QUERELLANTE, PEDRO JOSÉ MÉNDEZ PEOLI, la QUERELLADA, DELIA YAMILE PÉREZ, la defensa DR. JAVIER ARTURO BLANCO, más no el Abogado del querellante DR. ANDRÉS RAMÓN MATOS. Acto seguido toma la palabra la juez quien manifestó que no obstante habiéndose recibido en la mañana de hoy escrito suscrito por el querellado PEDRO JOSÉ MÉNDEZ PEOLI en el que solicita el diferimiento para la realización del juicio oral y público el tribunal acuerda su constitución por encontrarse presente las demás partes del juicio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte querellante quien expone: Ratifico en todas y cada una de las partes en virtud de que en la oportunidad legal no se llegó a conciliar. Es todo. Acto seguido se le cede el derecho de palabra al abogado defensor, quien expuso. Esta defensa se adhiere a la solicitud de diferimiento. Es todo. Terminó, Acto seguido toma la palabra la ciudadana Juez e informa a los presentes que el juicio queda diferido para el día 26-02-04 a las 10:00 horas de la mañana. Terminó, se leyó y conformes firman. Librense las correspondientes boletas de notificación y citación. Ofíciese lo conducente.
LA JUEZ DE JUICIO N° 2,
DRA. NORKA MIRABAL RANGEL
QUERELLANTE,
PEDRO JOSÉ MÉNDEZ PEOLI,
LA QUERELLADA,
DELIA YAMILE PÉREZ
LA DEFENSA,
DR. JAVIER ARTURO BLANCO,
LA SECRETARIA,
ABG. MARGARITA ESCOBAR
CAUSA 2U 186-03
NMR/hmec
|