Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: 1°) SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana FABIOLA BEZARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 9.591.345, asistida por el Abogado en ejercicio NAPOLEON SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 42.615 y de este domicilio contra el ciudadano OSWALDO UNDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.869.797 y de este domicilio. 2º) De conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en Costas a la parte demandante por resultar totalmente vencida. Y así se decide.
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