En el día de hoy, veinte y cinco (25) de Julio de 2003. Comparece por ante este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en su condición de Juez de este despacho, por rotación de los jueces de primera Instancia acordada por la Corte de Apelaciones en reunión plenaria y debidamente notificada por el presidente del Circuito Judicial Penal de Conformidad con el articulo 521 del Código Orgánico Procesal Penal, la Abogada NORKA MIRABAL RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.191.743, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.117 y de este domicilio quien expuso: “Revisadas como fueron las actuaciones contentivas de la causa 2M 139-02, instruida contra RICHARD SILVA CHOMPRE, a quien se le dicto la apertura a juicio y en consecuencia se remitió a juicio por el delito de VIOLACION, correspondiendo el procedimiento ordinario; en la cual actué como Fiscal Primero del Ministerio Público, se observa que se hace necesario que plantee la Inhibición y así lo hago, por lo que en este acto ME INHIBO de conocer la presente causa en aras de una recta, amplia y transparente administración de justicia de conformidad con el articulo 87 en concordancia con el numeral séptimo del articulo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el expediente al tribunal N° 1 de juicio, junto a esta acta de inhibición y copia certificada de las actuaciones necesarias conjuntamente con la inhibición planteada a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines legales consiguientes. Ofíciese, cúmplase, termino, se leyó y conformes firman.
La Juez Segundo de Juicio

Dra. Norka Mirabal Rangel

La Secretaria

Abg. Ysauri Rojas


Causa N° 2M 139-02
NMR/YR/ángel