En el día de hoy, 25 de Julio de dos mil Tres, siendo las 9:30 horas de la mañana, quien suscribe NORKA MIRABAL RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-8.191.743, actuando en su condición de Juez de Primera Instancia Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, de conformidad con el articulo 86 numeral 1° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, planteo formal inhibición al conocimiento de la causa N° 2M179-03, remitida del Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Juicio N° 1 de fecha 17 de Julio de 2003, seguida a los acusados MANUEL ÁLVAREZ MALDONADO Y YIMI RUBIO, por la comisión del delito de PECULADO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 59 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, toda vez que fui la abogada asistente del denunciante quien es, mi hermano, como se evidencia del folio N° 01, cursante en la pieza N° I del expediente, inhibición que planteo a los fines de resguardar la imparcialidad del juzgador, el compromiso con la justicia y la probidad de sus decisiones.

La juez,

Dra. NORKA MIRABAL RANGEL


La Secretaria,


Abg. Ysauri Rojas



La secretaria que suscribe, YSAURI ROJAS, Certifica: La autenticidad de la transcripción de la anterior actuación, la cual es traslado fiel y exacto de su original.


La Secretaria


Abg. Ysauri Rojas








Causa N° 2M179-03
NMR/YR/ángel