LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-


Visto la diligencia de fecha 17 de Noviembre de 2003, suscrita por el Abogado IVAN EDUARDO LANDAETA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.956, mediante la cual presenta al Tribunal el desistimiento del presente proceso. En consecuencia, este Tribunal en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley APRUEBA EL PRESENTE DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones opuestas por la demandante y se ordena su HOMOLOGACIÓN, a los fines de que el mismo pase a autoridad de cosa juzgada y así se decide.
Se acuerda suspender la medida de Secuestro, decretada en el presente Juicio en fecha 05 de Agosto de 2003, para lo cual se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, así como también se acuerda oficiar al depositario judicial ciudadano Freddy Omar Silva.-
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el Archivo definitivo del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en San Fernando de Apure, a los veinticinco días del mes de Noviembre del año dos mil Tres. AÑOS: 191° de la Independencia y 143° de la Federación.-

LA JUEZ,
DRA. NELSY VALENTINA MUJICA RIVERO
LA SECRETARIA,
RAQUEL ALVAREZ PEREZ
En esta misma fecha, siendo las 11:30 de la mañana se publicó y registró la anterior decisión.

LA SECRETARIA

RAQUEL ALVAREZ PEREZ

ardo
Exp. Nº 4241