REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

En el día de hoy, ocho 08 de octubre del año dos mil tres (2003), siendo las 10:00 horas de la mañana, presente en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, el Dr. ALBERTO DE JESÚS TORREALBA LÓPEZ, en su condición de Juez Superior Titular de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, expuso: “Atendiendo a lo previsto en el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, Me INHIBO de conocer las actuaciones contentivas de la causa seguida a: MOISES RAFAEL INFANTE y MARCOS AURELIO SALAZAR ROJAS, signadas con el N° 1Rec 759-03, llevadas por esta Superior Instancia; por cuanto, durante mi desempeño como Juez Superior integrante de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guarico, fui denunciado por ante la Inspectoría General de Tribunales por el Abogado ARQUIMEDES ARAUJO defensor de los imputados de autos, el cual ha manifestado siempre que no debo decidir sus causas; por esta razón me inhibo de conocerla, preceptuándola en el numeral 8° del artículo 86 eiusdem, en virtud de que puede verse afectada mi imparcialidad. Solicito la misma sea declarada CON LUGAR y se haga la convocatoria respectiva, conforme lo previsto en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal”. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ INHIBIDO

DR. ALBERTO TORREALBA LOPEZ.

LA SECRETARIA,

ZAIDA SAVERY OCHOA



Causa N ° 1Rec 759-03
ZSO/sm