REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

JUZGADO UNICO DE CONTROL SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. SAN FERNANDO DE APURE, DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
193° Y 144°

Visto el escrito de solicitud que antecede, suscrito por el Defensor Público de Adolescentes ABOG. JOSÉ WILFREDO BARRIOS, en representación del Adolescente: RAUL MANRIQUE JAIME, en el cual solicita a este Honorable Tribunal, que se le fije un lapso prudencial al Ministerio Público para que termine la investigación y emita un acto conclusivo a que haya lugar en la causa Nº 1CA-257-02, la cual se le sigue al citado Adolescente; fundamentando dicha solicitud en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal acuerda convocar a una Audiencia Oral Especial, para el día 15-10-2003, a las 02:30 horas de la tarde, a los efectos de debatir los fundamentos de su petición. Notifíquese a las partes. Se le advierte al ciudadano representante del Ministerio Público que debe comparecer con las actas que conforman la investigación penal, así como con la víctima en los casos que pueda ser ubicada, a fin de garantizar sus derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 120.2 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Cúmplase.

La Juez,


ABOG. MARÍA LUCRECIA BUSTOS P.

La Secretaria,

ABOG. TAIBETH CASTELLANO.


Seguidamente se cumplió con lo ordenado --------------------------------------

La Secretaria,

ABOG. TAIBETH CASTELLANO.


MLBP/yuliay.-
Causa Nro. 1CA-257-02