REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, (14) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES (2.003)
193° y 144°
Visto el convenimiento que antecede, suscrito entre los ciudadanos: OSCAR RAFAEL GARRIDO y GLADYS FERNANDA SERRANO, ante este Despacho en fecha 07/10/03, en lo que respecta a la compra de los útiles escolares a favor de los HNOS. GARRIDO SERRANO, donde el padre se compromete a comprar los útiles escolares y posteriormente entregárselos a la madre de los referidos HNOS..- En consecuencia, se HOMOLOGA dicho convenimiento en los Términos Expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 en concordancia con el 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.- Y así se Decide.- Cúmplase.-
La Juez Prov.,
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario,
Dr. ERNESTO LUIS BOCANEY
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario,
Dr. ERNESTO LUIS BOCANEY
MC/homer.-
Exp. N° 5.069.-
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