REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-
Visto el escrito presentado por el ciudadano ALAN JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.677, y de este domicilio, actuando con el carácter de demandante en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, contra el ciudadano MORALES CAMACHO KEIHT JOSÉ en la causa Nº 4297; y por cuanto el pedimento contenido en la misma es procedente, se acuerda de conformidad; en consecuencia, este Tribunal en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley aprueba el presente DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones opuestas por el demandante y se ordena su HOMOLOGACIÓN, a los fines de que el mismo pase a autoridad de cosa juzgada y así se decide.
Se suspende la medida de embargo decretada en la presente causa.
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el Archivo definitivo del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en San Fernando de Apure, a los Veintisiete (27) días del mes de Octubre del año dos mil Tres. AÑOS: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.-
LA JUEZ,
DRA. NELSY VALENTINA MUJICA RIVERO
LA SECRETARIA,
RAQUEL ALVAREZ PEREZ
En esta misma fecha, siendo la 12:25 p.m., se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
RAQUEL ALVAREZ PEREZ
NVMR/RAP/graciela
Exp. Nro. 4297
|