REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO

En el día de hoy, 20 de octubre de 2.003, siendo las 8:30 minutos de la mañana, sale de traslado este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Camejo, para ejecutar la comisión Nro. 2.003-033, en compañía de las siguientes personas: Abogado CLEMENTINA REYES DE COLINA, apoderada actora; y los funcionarios policiales Distinguidos JOSE GALEANO y HENRY PACHECO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.583.807 Y 11.758.101; quienes custodian al tribunal. Siendo las 8:40 A.M, llegó el tribunal a un inmueble ubicado en la Urbanización INDIO IGNACIO FIGUEREDO, de esta población; el cual fue señalado por la parte actora para ejecutar la misma y por cuanto de los autos se desprende que el inmueble sobre el cual se debe efectuar la medida de embargo ejecutivo, se encuentra en la Avenida Fuerzas Armadas de esta Población, el Tribunal se abstiene de ejecutar la misma por existir imposibilidad para ello. Ordenándose el regreso a la sede natural, a los fines de redactar la presente acta. Así como también, se ordena devolver la comisión al comitente. Se leyó y conformes firman Todos menos la apoderada actora, quien se ausentó.

EL JUEZ EJECUTOR.
Abog. JESUS SILVA PADRON.

LA SECRETARIA. EL ALGUACIL.
Abog. JEANNET AGUIRRE. JOSE G. HERNANDEZ.

LOS FUNCIONARIOS CUSTODIA DEL TRIBUNAL.


Dgdo. JOSE GALEANO. Dgdo. HENRY PACHECO.