REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a favor del ciudadano: MAGBIS H. RONDON, P. venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 8.167.681, soltero, natural del Municipio San Juan de Payara, nacido el 15-05-61 y residenciada en el callejón el INOS San Fernando, Estado Apure, hijo de Claudio A. Rondon y Cila Rondón. En consecuencia queda obligado el citado imputado a: A.- Realizar presentaciones periódicas por ante el área de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a intervalo de diez (10) días entre una presentación y otra, contados a partir del día de hoy, oportunidad en la cual se le concede la libertad al imputado.
Segundo: Continuar la presente causa por el procedimiento ordinario.

Tercero: Se insta al Ministerio Fiscal a que ordene la práctica de examen Medico legal al ciudadano: MAGBIS HATIL RONDON PALMERO.

Cuarto: devolver el legajo contentivo de la causa hasta la Fiscalia de origen a los fines de proseguir la investigación.

Librése boleta de libertad a nombre del ciudadano: MAGBIS HATIL RONDON PALMERO, titular de la cedula de identidad N° V- 8.167.681. Se instruye al alguacil de sala a los efectos de que aperture la ficha correspondiente a las presentaciones. Se da por notificadas las partes de lo acordado por el Tribunal. Cúmplase.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

Dr. DAVID OSWALDO BOCANEY (Accidental)