DISPOSITIVA.



Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: Libertad Plena a favor del ciudadano RAFAEL ANTONIO MENDEZ YNOJOSA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.624.683, soltero, natural de esta ciudad y residenciado en la Urb. Los Tamarindos, Sector 02, vereda 01,Casa N° 26. Calle Principal, casa N° 12.


SEGUNDO: Proseguir la presente causa por el Procedimiento Ordinario.

TERCERO: Oficiar a las oficinas encargadas de llevar los sistemas SIPOL y SICODA a los fines de que se excluya de pantalla al imputado RAFAEL ANTONIO MENDEZ YNOJOSA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.624.683, soltero, natural de esta ciudad y residenciado en la Urb. Los Tamarindos, Sector 02, vereda 01, Casa N° 26. Calle Principal, casa N° 12.

CUARTO: Devuelvase el legajo contentivo de la causa, a la Fiscalía de origen a los fines de la prosecución de la investigación.
Librese boleta de libertad plena a nombre RAFAEL ANTONIO MENDEZ YNOJOSA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.624.683, soltero, natural de esta ciudad y residenciado en la Urb. Los Tamarindos, Sector 02, vereda 01, Casa N° 26. Calle Principal, casa N° 12. Se da por notificada la presente decisión. Ofíciese. Cúmplase
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



DR. DAVID OSWALDO BOCANEY

FISCAL 2° DEL MINISTERIO PUBLICO



DR. ANGEL MONGES





IMPUTADO



RAFAEL ANTONIO MENDEZ YNOJOSA








DEFENSA



DRA. GEORGINA GOMEZ






SECRETARIA




ABG. KATIUSAKA SILVA





CAUSA 1C-5195-03