REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO
San Fernando de Apure, 08 de Septiembre de 2003.
193° y 144°
Visto el presente juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS interpuesto por el abogado HORACIO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 96.926, en representación de la ciudadana CARMEN MATIAS LOPEZ SALAS contra la GOBERNACION DEL ESTADO APURE. SE ADMITE en cuanto ha lugar en Derecho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 96 y siguientes de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Procédase: a dar participación al ciudadano Gobernador del Estado Apure, Dr. GIAN LUIS LIPPA PRECIOSI, de la admisión de la querella y al Procurador General del Estado Apure, Dr. Reinaldo Mirabal, a quien se conmina a dar contestación a la misma en un lapso de quince (15) días de despacho, contado a partir de la última de las notificaciones acordadas. Solicítese el envío del expediente administrativo del recurrente al autor del acto impugnado en forma original o en copias debidamente certificadas y foliadas, remisión que debe hacerse y constar en autos dentro del término de la contestación de la demanda. Líbrense oficios, y anéxese la compulsa respectiva. Entréguense al Alguacil para que practique la participación y notificación acordadas.
El Juez Superior Provisorio:
Dr. Pedro Mujíca Sánchez.
El Secretario:
Andrés Luciano Lara Benavides
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado, quedando registrado bajo el Nº 991 de la nomenclatura de este Tribunal.
El Secretario:
Andrés Luciano Lara Benavides
Exp. N° 991
PMS/ALLB/nf.-