REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PÁEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Guasdualito, veintinueve de Septiembre del Dos Mil Tres.-
193º y 144º
Exp. No. 755-2000.
Por cuanto de las revisiones efectuadas de las actas procesales que integran el presente expediente, se observa que desde el 12 Diciembre de 1995, las partes no han ejercido acto alguno, lo que significa han transcurrido Siete años, nueve meses y diecisiete días, de esta última actuación (folio 22 y su Vuelto), razón por la cual este Juzgado Primero del Municipio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley con fundamento en el encabezamiento del artículo 267 en concordancia con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa. Notifíquese a las partes de esta decisión a tenor de lo previsto en los artículos 251 y único y aparte del 233 del referido Código y una vez firme la presente decisión, archívese el expediente. CUMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL.
ABOG. FRANCISCA GÓMEZ
LA SECRETARIA
CARMEN ALICIA ORTIZ
EXP. No. 755-2000.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PÁEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Guasdualito, veintinueve de Septiembre del Dos Mil Tres.-
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN.
SE HACE SABER.
A la ciudadana NORA BEATRIZ ANGULO DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.478.985, domiciliada en Guasdualito, Estado Apure en su carácter de demandada; que en el juicio en su contra seguido por la Abogada: CARMEN BEATRIZ TRIANA, apoderada judicial del ciudadano: RICARDO TRIANA CAMPOS, en la causa signada con el No. 755-2000. Que este Tribunal por sentencia dictada en esta misma fecha 29 – 09 – 2003, DECLARO DE OFICIO LA PERENCIÓN.
Notificación que se hace mediante boleta que será colocada en la cartelera del Tribunal, a tenor del último a parte del articulo 174 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. FRANCISCA GOMEZ.
LA SECRETARIA.
CARMEN ALICIA ORTIZ.
F.G/A.O/j.e.
Exp. No. 755-2000
29/09/2003
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PÁEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Guasdualito, veintinueve de Septiembre del Dos Mil Tres.-
193º y 144º
Por cuanto el Tribunal observa que la parte demandante carece de domicilio procesal este Tribunal acuerda notificar a través de boleta que será colocada en la Cartelera del Tribunal de conformidad con el último aparte del articulo 174 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. FRANCISCA GOMEZ.
LA SECRETARIA.
ALICIA ORTIZ.
Exp. No. 755-2000
29-09-2003
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PÁEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Guasdualito, veintinueve de Septiembre del Dos Mil Tres.-
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN.
SE HACE SABER.
A la Abogada: CARMEN BEATRIZ TRIANA LIZARAZO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 44.679, domiciliada en el Oficentro Comercial Alfa Calle Sucre entre Carreras Urdaneta y Páez Piso 1 Oficina 1 - 9, Guasdualito, Estado Apure en su carácter de demandante; que en el juicio por ENTREGA DE MATERIAL, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RICARDO TRIANA CAMPOS, contra la ciudadana: NORA BEATRIZ ANGULO DE GUERRERO, en la causa signada con el No. 755-2000. Que este Tribunal por sentencia dictada en esta misma fecha 29 – 09 – 2003, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa.
Firmara la presente boleta y la devolverá en prueba de haber sido Notificada.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. FRANCISCA GOMEZ.
EL NOTIFICADO:
LUGAR Y FECHA:
HORA:
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