REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
GUASDUALITO - SALA DE JUICIO Nº 2
Guasdualito, 11 de Septiembre de 2003
193º y144º
Vista la solicitud de Autorización para tramitar Documento de Identidad, realizado por la ciudadana BLANCA LÓPEZ ORTÍZ, en su carácter de abuela materna del niño CRISTHIAN DAVID LÓPEZ; y por cuanto de autos se evidencia, específicamente del folio 13 del presente expediente que en los libros de Registro Civil, llevados por ante la Prefectura del Municipio Páez del Estado Apure, que aparece inserta la Partida de Nacimiento Nº 33 perteneciente al niño CRISTHIAN DAVID LÓPEZ, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 2, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Guasdualito, administreando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL al niño antes mencionado, venezolano, para que acuerde por ante la OFICINA NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y EXTRANJERÍA (O.N.I.D.E.E.X.), de este Municipio con sede en la ciudad de Guasdualito y le sea expedido su respectivo Documento de Identidad. Todo de conformidad con lo previsto en el Parágrafo Cuarto del artículo 177, en concordancia con el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
ABG. YRINA BRICEÑO DE AGUILERA
Juez Suplente Especial
ABG. ELQUIN ALBERTO SAJAJÚ
Secretario Suplente
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede y se ofició al órgano competente mediante oficio Nº 574-2003.-
ABG. ELQUIN ALBERTO SAJAJÜ
Secretario Suplente
YBDA/EAS/mebb.
Solicitud Nº 325-2003.-
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