REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
CAUSA 1E71/99
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, veintitrés (23) de abril de dos mil cuatro (2.004).
194º y 145º
Vista y analizada la presente causa este Tribunal observa Primero: Que en fecha 29 de junio DE 1999, fue detenido por efectivos de La Guardia Nacional al pasar el Puente José Antonio Páez del Estado Apure, el ciudadano: MIGUEL ALFREDO ÁLVAREZ HERNÁNDEZ, por encontrase presuntamente incurso en la comisión del delito de FACILITADOR EN EL TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, según acta audiencia preliminar de fecha 02 de agosto de 1.999 (F.2 al 05) Segundo: En fecha 05-08-1.999, fue condenado por el Tribunal de Control No.01 del Circuito Judicial Penal del Estado apure, Extensión Guasdualito a cumplir la pena de cinco (05) años de prisión, por la comisión del delito de FACILITADOR EN EL TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, en concordancia con el artículo 84 numeral 3° Ejusdem (F.06 al 09) Tercero: En fecha 01 de agosto de 2.002, el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado apure, Extensión Guasdualito, le otorgó el beneficio de Libertad Condicional (F. 104 al 107). Cuarto: De el Computo de la Pena que riela al folio 120, se desprende que el penado Cumplió la totalidad de la pena impuesta el día, 18-01-04. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor de: MIGUEL ALFREDO ÁLVAREZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad Nro. V-10.227.044, residenciado en la Central Tacarigua-Caraquita, Urbanización Fernando Suárez, Calle Pasaje Los Cedros, casa No.53-50, Valencia Estado Carabobo, quien se encontraba incurso en el Delito de FACILITADOR EN EL TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, previstos y sancionados en el Artículos 34, de la Ley Orgánica Sobre Sustancias estupefacientes y Psicotropicas, en concordancia con el artículo 84 numeral 3° Ejusdem. en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Notifíquese a las partes. Remítase la presente Causa al Archivo Judicial, para ser agregada a las Causas concluidas. Una vez quede firme la presente decisión.
LA JUEZ
ABG. BETTY YANEHT ORTIZ CHACON
La Secretaria,
Abg. Carmen Pierina Loggiodice.-
Seguidamente se dio cumplimiento al auto anterior.
La Secretaria,
Abg. Carmen Pierina Loggiodice.-
BYOCH/CPL/lucy.-