REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES), CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGION SUR


San Fernando de Apure, 27 de abril de 2004
194º y 144º

En atención a Resolución dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena de fecha 23 de marzo del presente año, mediante oficio No. 0371 en el que se acordó mi designación por la Comisión Judicial de ese organismo, como Suplente Especial para ocupar el cargo o dirección de este Tribunal, en sustitución del Dr. PEDRO MUJÍCA SÁNCHEZ, es por lo que a partir de la presente fecha me AVOCO al conocimiento del presente RECURSO DE NULIDAD POR ILEGALIDAD ejercido conjuntamente con RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL por el ciudadano JESÚS ALBERTO COLMENARES GARCÍA en contra del ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES dictado por el GOBERNADOR DEL ESTADO APURE, y en consecuencia, se acuerda la notificación de las partes intervinientes en el presente juicio con el expreso señalamiento que el procedimiento continuará, vencido como sea los lapsos de 10 días establecidos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más tres días de despacho que se conceden en sintonía con el artículo 90 y 233 del mismo texto legal, luego de que conste en autos la notificación de la última de las partes. Líbrese boletas.
El Juez Superior Temporal,

Dr. Eulogio S. Paredes T.


El Secretario,

Andrés L. Lara Benavides.
Conforme a lo ordenado se le dio cumplimiento.

El Secretario,

Andrés L. Lara Benavides.


Exp. No. 546
ESPT/allb/jcct.-