REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (12) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CUATRO (2.004).-
193° Y 145°

Vista la solicitud de Colocación Familiar con sus recaudos anexos remitida a este Despacho por el Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de esta Circunscripción Judicial a favor del adolescente NESTOR JOSE SALAZAR MARTINEZ de trece 13 años edad.- Désele entrada y curso de Ley, anótese en los libros respectivos y fórmese Expediente.- En consecuencia, admítase cuanto ha lugar en Derecho, por no ser contraria al Orden Público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; de conformidad con lo establecido en los Artículos 8 y 396 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; este Tribunal a los fines de providenciar en la presente solicitud acuerda: PRIMERO: Practicar Informe Social en el hogar donde reside el adolescente NESTOR JOSE SALAZAR ciudadana MARIA ELADIA SALAZAR Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. 2.471.602 domiciliada en el Barrio Lindo pasando el puentecito, la primera casa Mantecal Estado Apure, Comisionando para al Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de esta Circunscripción Judicial a fines de practicar citación así mismo para practicar dicho Informe Social se comisiona a la Oficina de Servicio Social del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Muñoz con sede en Mantecal Estado Apure.- SEGUNDO: Se acuerda citar a los padres del adolescente en referencia ciudadanos ROSA AMELIA MARTINEZ Y NESTOR ALONSO SALAZAR, Comisionándose al Juzgado antes mencionado. TERCERO: Practicar Evaluaciones Psiquiatritas y Psicológicas a los ciudadanos: MARIA ELADIA SALAZAR, ROSA AMELIA MARTINEZ Y NESTOR ALONSO SALAZAR.- CUARTO: Oír opinión del adolescente mencionado.- QUINTO: Oír opinión de la Fiscal Sexta del Ministerio Público.- SEXTO: Notificar a la Fiscal Sexto del Ministerio Público.- En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA con carácter PROVISIONAL, LA COLOCACION FAMILIAR, del adolescente NESTOR JOSE SALAZAR MARTINEZ, en el hogar de la ciudadana MARIA ELADIA SALAZAR Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. 2.471.602 domiciliada en el Barrio Lindo pasando el puentecito, la primera casa Mantecal Estado Apure.- Igualmente para que los represente en todos sus actos, e incluya en todos aquellos beneficios sociales que puedan corresponder a el referido niño.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- Líbrese lo conducente.-


El Juez Prov.,

Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.

El Secretario,

Abg. RAMON RIVAS LORETO.-



Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos anterior.-

El Secretario,


Abg. RAMON RIVAS LORETO.






Exp. N°10.278.-
CJU/Miriam.