REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 04-1346.-

En el día de hoy, treinta de abril del año dos mil cuatro, siendo las 11:45 a.m, conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble ubicado en la Urbanización Ezequiel Zamora, Sector 01, Calle 06, casa N° 08, Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, y practicar la INSPECCIÓN JUDICIAL Extre-Liten, solicitada por el ciudadano MANUEL ENRIQUE SOLÓRZANO ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 10.618.143, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 64.567, en su carácter de Apoderado Judicial del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI). Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del despacho de Comisión a la ciudadana BELKIS MARIBEL MEDINA MATERAN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 10.484.259, en su condición de ocupante del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal. Seguidamente el Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares a que se contrae la solicitud en los términos siguientes: En cuanto al PRIMER PARTICULAR el Tribunal deja expresa constancia que el inmueble donde esta constituido se encuentra habitado por la ciudadana BELKIS MARIBEL MEDINA MATERAN, lo que significa que no esta habitado por el adjudicatario legal ni por su grupo familiar, y deja constancia que el inmueble esta plenamente identificado en la primera parte de la presente acta. En cuanto al SEGUNDO PARTICULAR el Tribunal deja expresa constancia, que en el particular anterior quedo identificada la persona que habita el inmueble conjuntamente con su grupo familiar compuesto por el ciudadano JOSÉ LUIS MARTÍNEZ CEDEÑO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 10.041.062, en su condición de concubino de la Notificada, y sus dos menores hijos JOISBEL MARTINEZ MEDINA de dos (2) años de edad y JOSEBEL ROSA SOCORRO MARTINEZ MEDINA de diez (10) años de edad, así mismo deja constancia que no es adjudicatario ni presento ningún documento que le acreditara como adjudicatario del inmueble. En cuanto el TERCER PARTICULAR el Tribunal deja expresa constancia que el inmueble se encuentra en buenas condiciones de habitabilidad, esta pintada, tiene puertas, ventanas, sanitarios y todos los servicios, menos teléfono, es todo. Concluida y cumplida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo la 1:00 p-m,- Terminó se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. El Abogado solicitante, Dr. Manuel Enrique Solórzano. La notificada-Belkis Maribel Medina. El jefe de la Com: Policial, Cabo 2° José Castillo C.I= 11.754.181. El Alguacil Acc., José Espinoza. La Secretaria, Dra. Maria Milagro Aranguren.-

COM: N° 4-1346.-
AF.-