ACTA DE JUICIO- 2M 175-03
En San Fernando de Apure, en el día de hoy, quince (15) de abril del año Dos mil cuatro, siendo las 10:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto del debate Oral y Público en la causa signada con el número 2M 175-03 seguida en contra del acusado LEONARDO ARTURO GRANDILLO SOTO, se constituye el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, actuando como TRIBUNAL MIXTO, en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de esta ciudad, de la manera siguiente: ABG. NORKA MIRABAL RANGEL Juez presidente, el Escabino FLORES IRAIDA MARBELLA mas no así AQUINO LEDDI MARBEDIA el ciudadano secretario ABG. EDWIN BLANCO y los Alguaciles de sala. Acto seguido se solicitó al secretario verificar la presencia de las partes, siendo informada por esta la presencia en la sala del ciudadano LEONARDO ARTURO GRANDILLO SOTO, el Fiscal del Ministerio Publico Dr. CHAMMEL ARANGUREN Fiscal Séptimo del Ministerio Público; más no la Defensa, DR JAVIER BLANCO, Es todo. Seguidamente la ciudadana Juez toma la palabra y expone: vista la incomparecencia de loa defensa Dr. JAVIER ARTURO BLANCO, el tribunal insta al acusado LEONARDO GRANADILLO SOTO, a los fines de que manifiesta ante el Tribunal su deseo de proseguir con su defensor privado; manifestando este de viva voz que prosigue con su defensa privada; en este estado la ciudadana Juez expone: Dado que se ha verificado de las actas procesales seguida al acusado, se ha determinado que esta es la quinta vez en que debe diferirse la realización del juicio oral y público fijado oportunamente por este Tribunal, constituyendo dilaciones al debido proceso, el Tribunal a los fines de una mayor celeridad procesal acuerda oficial a la unidad de defensa pública de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que le sea designado un defensor público al acusado LEONARDO GRANADILLO, todo ello a los fines de que el mismo se imponga de las actas con antelación, a la próxima oportunidad que fije este Tribunal de tal manera que de comparecer el defensor privado tal como lo ha manifestado el acusado pueda asumir la defensa como es su petición, pero en caso contrario ya el defensor público para la fecha de la próxima fijación debe estar enterado de las actas es decir tenga tiempo para preparar la defensa tal como lo contempla el articulo 49 numeral 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; en consecuencia este Tribunal Segundo de Juicio Acuerda: Fijar la realización del Juicio Oral y Público a efectuarse el día 25-05-04 a las 10:00 a.m. Quedan Notificadas las partes. Notifíquese a los ausentes. Ofíciese lo conducente. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE JUICIO N°: 2,
AGB. NORKA MIRABAL RANGEL
LA ESCABINO
FLORES IRAIDA MARBELLA
EL FISCAL
DR. CHAMMEL ARANGUREN ESCALONA
EL ACUSADO,
LEONARDO ARTURO GRANADILLO
EL SECRETARIO,
ABG. EDWIN BLANCO
NMR/EB
CAUSA-2M175-03
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