San Fernando de Apure, 19 de agosto de 2004,


Visto el escrito del Abogado DENNIS ALBERTO ORTA PUERTA, en su carácter de defensor del acusado ROBERT ALEXANDER MARIÑO, Causa N° 1M-239-04, mediante el cual solicita la Revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en su contra para que sea sustituida por una medida menos gravosa. Este Tribunal acuerda negar la solicitud por que no se acreditó debidamente el arraigo del acusado y la disposición de éste de someterse al proceso, recordándole al mismo que de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal está obligado a revisar o examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres (03) meses, y solo cuando estime prudente por una menos gravosa. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO,


DRA. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ,

LA SECRETARIA,


DRA. ELKE MAYAUDON,


Seguidamente se dió cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,


DRA. ELKE MAYAUDON,

Causa N° 1M-239-04
ECR/EMG/elisa