REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
SECCIÓN DE ADOLESCENTES
EXTENSIÓN GUASDUALITO
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN


Guasdualito, 04de Agosto del año 2004.
194º y 145º


ACTA DE AUDIENCIA DE IMPOSICIÓN DE CONDICIONES
CAUSA Nº 1E12-04.

JUEZ: Nayr Hidalgo de Taquiva.
ADOLESCENTE: SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE, TODO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE., venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V- 19.462.660, fecha de nacimiento: 22-02-1.987, de 17 años de edad, soltero, obrero, residenciado en la Urbanización Pueblo Viejo Sector Altos de Periquera casa Nº 27 cerca de la Bodega “La Catira” Guasdualito, Estado Apure, hijo de la ciudadana Yaliz Marina Alvarado y del ciudadano Samuel Darío Manuel Parada.
FISCAL DECIMOSEGUNDO DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. Carlos Izarra.
DELITO: Robo Agravado y Lesiones Menos Graves.
VICTIMA: Payares Pérez Yolanda.
REPRESENTANTE DEL ADOLESCENTE: Yaliz Marina Alvarado
DEFENSOR PÚBLICO PENAL DE ADOLESCENTES: Abg. José Antonio Salcedo.
SECRETARIO: Abg. Juan Carlos Hernández.
En el día de hoy, dos (04) de Agosto del año 2.004, siendo las 2:00 de la tarde, oportunidad señalada para llevar a cabo AUDIENCIA DE IMPOSICIÓN DE CONDICIONES para el cumplimiento de Medida de Libertad Asistida, en la Causa Nº 1E12-04, instruida contra el ciudadano sancionado SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE, TODO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE., por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en los artículos 460 y 415 del Código Penal Venezolano en concordancia con el artículo 80 último aparte ejusdem, en perjuicio de la ciudadana PAYARES PÉREZ YOLANDA. Se constituye este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito. La ciudadana Juez le ordena al Secretario verificar la presencia de las partes, haciendo constar éste la presencia de los ciudadanos Fiscal Decimosegundo del Ministerio Público Abg. Carlos Izarra, Defensor Público de Adolescentes Ab. José Antonio Salcedo Márquez, adolescente sancionado Samuel Darío Parada Alvarado, la representante de éste la ciudadana Yaliz Marina Alvarado Macualo y la ciudadana Yolanda Payares (víctima). En consecuencia para el cumplimiento de la Medida de Libertad Asistida, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone al ciudadano adolescente: SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE, TODO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE., venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V- 19.462.660, fecha de nacimiento: 22-02-1.987, de 17 años de edad, soltero, obrero, residenciado en la Urbanización Pueblo Viejo Sector Altos de Periquera casa Nº 27 cerca de la Bodega “La Catira” Guasdualito, Estado Apure, hijo de la ciudadana Yaliz Marina Alvarado y del ciudadano Manuel Parada, las siguientes condiciones: 1- Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de sus padres, los cuales deberán informar regularmente a este Tribunal 2- Prohibición de concurrir a espectáculos públicos donde se expendan bebidas alcohólicas y/o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3- Deberá matricularse en una Institución de Educación regular, consignando a este Tribunal constancia de inscripción de la misma. Así como en una Institución que permita la formación para el trabajo que pudiera ser el Instituto Nacional de Cooperación Educativa ( I.N.C.E.). Ello en consideración de que en esta localidad no existe Instituciones especializadas, que puedan designarse para hacer el seguimiento del caso. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 647 literal “a”, 621 y 582 literales “b”, y “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se dan por notificadas las partes de la presente decisión. Cúmplase. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez,
Nayr Hidalgo de Taquiva.
Fiscal III del Ministerio Público,
Abg. Carlos Izarra
Defensor Público Penal de Adolescentes,

Abg. José Antonio Salcedo
Adolescente Sancionado,

SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE, TODO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.,
Representante del adolescente

Yaliz Marina Alvarado Macualo
La Víctima
Yolanda Payares
Secretario,

Abg. Juan Carlos Hernández
Causa Nº 1E12-04

NHdeT/JCH/sajj.