REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
APURE
Mantecal, 31 de agosto de 2004
194º y 145º
EXP. No.194-2003
Se procede a revisar esta causa, en virtud de lo expuesto por la ciudadana: DEXI COROMOTO VARGAS CABEZA, en fecha 17/02/2004, en donde manifiesta su deseo de Desistir del proceso, en virtud de haber llegado a un acuerdo con el obligado: FREDDY ALIRIO VILLANUEVA AVENDAÑO.-
Como quiera que este Tribunal en fecha 15/09/2003, dictó decisión Definitiva con fundamento a lo expuesto en principio por la solicitante, DEXI COROMOTO VARGAS CABEZA; por lo que a esta altura lo que procede es la revisión en caso de aumento de pensión alimentaria u otro beneficio para el niño o adolescente y como quiera que esto no ha sucedido, lo procedente en el presente caso, es ordenar el archivo del presente expediente, hasta tanto sea necesario, todo conforme a lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y así se declara.-
D I S P O S I T I V A
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, Ordena: el archivo del presente expediente, hasta tanto sea necesario, todo conforme a lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del
Adolescente.-
Diarícese, déjese copia y archívese.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publica la anterior decisión, hoy 31-08-04, siendo las 11: 00 a.m.-Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
CDM/dmr.-
Exp. No.194-2003.-
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