Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la Ciudad de San Fernando, en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara con lugar la solicitud Fiscal de proseguir la investigación por la vía del procedimiento ordinario.

SEGUNDO: Con fundamento en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del imputado Titular de la cédula de identidad N° V-13.640.850, nacido en fecha 17/09/76, natural de San Fernando Estado Apure, residenciado en Barrio 23 de Enero Municipio Biruaca, calle Juan Porrelo casa N° 03, trabaja como mecánico. Hijo de Paula Elvira Páez y Carlos Armando Flores. por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previsto y sancionado en el artículo 260 en relación con el artículo 259 primer aparte, con la agravante genérica prevista en el 217 todos previsto en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se designa como centro de su reclusión el Internado Judicial de esta ciudad para lo cual se acuerda librar la correspondiente Boleta de Privación Preventiva de Libertad.

LA JUEZ SEGUNDA DE CONTROL

DRA. MARÍA MELVA GARCÍA