REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 04-1537.-


En el día de hoy, trece de diciembre del año dos mil cuatro, siendo las 9:30 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble ubicado en el Centro Comercial “Doña Nadia”, en la calle Páez cruce con calle 24 de julio, de esta ciudad de San Fernando , Estado Apure, lugar señalado por la parte actora asistida de Abogada en este acto, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librado en el Juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, seguido por la Ciudadana ARACELIS LILIANA CASTILLO, en contra de la INVERSORA LA NACIONAL C.A, en la persona de su representante legal, ciudadano RICARDO FADUS YARJURA, y ejecutar la Medida Ejecutiva de Embargo decretada por el comitente. Seguidamente este Tribunal Ejecutor deja constancia que la puerta que da acceso al inmueble donde esta constituido se encuentra cerrada con un candado. Presente en este acto la ciudadana ARACELIS LILIANA CASTILLO BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.869.689, en su condición de parte actora en este acto, debidamente asistida por la Abogada ADRIANA DESIREE LUQUE GALINDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 14.948.721, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.607. Presente en este acto una comisión policial integrada por dos (2) funcionarios. El Tribunal deja expresa constancia que no se encuentra presente ningún representante de la Defensoria del Pueblo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, no obstante de haber sido oficiados en fecha 03-11-2004, según oficio N° 04-1111. Seguidamente solicita el derecho de palabra la parte actora asistida de Abogada y concedidole como le fue, expuso: Solicito al Tribunal se sirva designar como cerrajero al ciudadano JULIO TEODORO GIL SANCHEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 8.198.022, para que proceda a abrir la puerta que da acceso al inmueble objeto de la presente Medida, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por la parte actora asistida de Abogado procede a designar como cerrajero al ciudadano JULIO TEODORO GIL SANCHEZ antes identificado, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo, dicha designación la hace este Tribunal de conformidad con el Articulo 591 del Código de Procedimiento Civil. Seguidamente el cerrajero designado procede a abrir la puerta con el siguiente instrumento: cizalla, es todo. Abierta como ha sido la puerta que da acceso al inmueble, este Tribunal ingresa al mismo dejando constancia que el mismo esta totalmente desocupado tanto de personas como de bienes muebles. Seguidamente solicita el derecho de palabra la parte actora asistida de Abogado y concedidole como le fue, expuso: Señalo para ser Embargado Ejecutivamente un inmueble constituido por un inmueble bajo el régimen de propiedad horizontal, ubicado en el Centro Comercial “Doña Nadia”, según consta de documento debidamente registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito San Fernando del Estado Apure, inserto bajo el N° 43, Folios 254 al 259, Protocolo Primero, Tomo Sexto , Tercer Trimestre del Año 2000. cuya ubicación es la calle Páez cruce con Calle 24 de Julio de la ciudad de San Fernando de Apure. Estado Apure. Comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con local de GEORGE FARES, con cuarenta y un metros con setenta centímetros (41,70 Mts); Sur: con calle Paez con cuarenta y un metros con setenta centímetros (41,70 Mts); Este: con casa que es o fue de GHASSAN FADEUS con treinta y un metros con sesenta centímetros (31.60 Mts); y Oeste: con calle: 24 de Julio con treinta y un metros con sesenta centímetros (31.60 Mts); específicamente sobre todos y casa uno de los locales comerciales del primer piso, con los del p1-01 al p1-28, incluyendo las áreas comunes, accesos pasillos de circulacion y balcones identificados cada area o respectivo local bajo los siguientes linderos específicos: Local p1-01: tiene un area de aproximadamente cuarenta y tres metros cuadrados con veintiséis centímetros (43,26 Mts) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con Local p1- 11, Sur: con pasillo de circulacion: Este: con Local p1-02 y Oeste: con pasillo de circulación; Local p1-02: tiene un area aproximada de cuarenta y un metros cuadrados (41,00 mts2) y esta comprendido dentro de los Siguientes linderos: Norte: con local p1-12; Sur: con pasillo de circulación; Este: con Local p1-01 y Oeste: con local p1-03: tiene un área aproximada de treinta y nueve metros cuadrados con cuarenta centímetros (39,40 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con local p1-13; Sur: con pasillo de circulación: Este con local p1-04 y Oeste: con local p1-02 local p1-04- tiene un área aproximada de treinta y nueve metros cuadrados con noventa y ocho centímetros (39,98 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con local p1-14; Sur: con pasillo de circulación; Este: con local p1-05 y Oeste con local p1-03; local p1-05: tiene un área aproximada de cuarenta metros cuadrados con treinta y dos centímetros (40,32Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con local p1-15; con pasillo de circulación Este: con local p1-06; y Oeste: con local p1-04; local p1-06 tiene un área aproximadamente de cuarenta y un metros cuadrados con cincuenta y ocho centímetros (41,58 Mts2) esta comprendido dentro de los siguientes linderos con local p1-16; Sur: con pasillo de circulación; Este: con local p1-07 y Oeste: con local p1-05; local p1-07: tiene un area aproximada de treinta y nueve metros cuadrados con seis centímetros (39,06 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte; con local p1-17; Sur: Con Pasillo de circulación; ESTE: Con Local P1-17; SUR: Con Pasillo de Circulación; ESTE: Con Local P1-08 y OESTE: Con Local P1-08: Tiene un área aproximada de treinta y siete metros cuadrados con setenta y dos centímetros (37,72 Mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Local P1-18; SUR: Con Pasillo de Circulación; ESTE: Con Local P1-09 y OESTE: Con Local P1-09 y OESTE: Con Local P1-07; LOCAL P1-09: Tiene un área aproximada de treinta y Ocho Metros Cuadrados con Cuarenta y Nueve Centímetros (38,49 Mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Local P1-19; SUR: Con Pasillo de Circulación; ESTE: Con Local P1-10; LOCAL P1-10: Tiene un área aproximada de Treinta y Dos Metros Cuadrados con cincuenta y Seis Centímetros (32,56 Mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Local P1-20; SUR: Con pasillo de Circulación; ESTE: Con Pasillo de Circulación y OESTE: Con Local P1-09; local p1-11: tiene un área aproximada de cuarenta metros cuadrados con setenta y cuatro centímetros (40,74 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con pasillo de circulación; Sur: con local p1-12 y Oeste: con pasillo de circulación local p1- 12: tiene un área aproximada de treinta y nueve metros cuadrados con treinta y seis centímetros (36,36 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con pasillo de circulación; Sur: con local p1-02; Este: con local p1-13 y Oeste: con local p1-11; local p1-13 tiene un área aproximada de treinta y ocho metros cuadrados (38,00Mts2); y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con pasillo de circulación; Sur: con pasillo de circulación; Este: con local p1-04 y Oeste: con local p1-12; local p1-14: tiene un área aproximada de treinta y ocho metros cuadrados con cincuenta y cuatro centímetros (38,54Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con pasillo de circulación; Sur: con local p1-04; Este con local p1-15 y Oeste con local p1-13; local p1-15; tiene un área aproximada de treinta y nueve metros cuadrados con seis centímetros (39,06 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con pasillo de circulación; Sur: con local p1-05; Este: con local p1-16 y Oeste: con local p1-16; tiene un area aproximada de cuarenta metros cuadrados con cuarenta y ocho centímetros (40,48 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con pasillo de circulación; Sur con local p1-06; Este: con local p1-17 y Oeste: con local p1-15; local p1-17; tiene un área aproximada de treinta y siete metros cuadrados con ochenta centímetros (37,80 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte; con pasillo de circulación; Sur; con local p1-07; Este: con local p1-18 y Oeste: con local p1-16 local p1-18 tiene un área aproximada de treinta y seis metros cuadrados con noventa centímetros (36,90 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con pasillo de circulación Sur: con local p1-08; Este: con local p1-19 y Oeste con local p1-17; local p1-19 tiene un área aproximada de treinta y ocho metros cuadrados con sesenta centímetros (38,60 Mts2)y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con pasillo de circulación Sur: con local p1-09; Este: con local p1-20 y Oeste con local p1-18: tiene un área aproximada de treinta y dos metros cuadrados con cincuenta y seis centímetros (32,56 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con pasillo de circulación; Sur: con local p1-10; Este: con pasillo de circulación y Oeste: con local p1-19; local p1-21: tiene un área aproximada de veinticuatro metros cuadrados con diecinueve centímetros (24,19 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con local de GEORGE FARES; Sur; con pasillo de circulación; Este: con local p1-22; y Oeste con escaleras; local p1-22; tiene un área aproximada de veintiséis metros cuadrados con cincuenta y cinco centímetros (26,55 Mts2), y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con local de GEORGE FARES; Sur: con pasillo de circulación: Este: con local p1-23; y Oeste con local p1-22; local p1-23 tiene un área aproximada de veinte tres metros cuadrados con un centímetro (23; 01Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte: con local de GEORGE FARES; Sur: con pasillo de circulación: Este. Con local p1-22; local p1-24 tiene un area aproximada de veinte y tres metros cuadrados con sesenta centímetros (23,60 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos Norte; con local de GEORGE FARES; Sur: con pasillo de circulación; Este: con local p1-25 y Oeste con local p1-25; tiene un área aproximada de veinticinco metros cuadrados con treinta y cinco centímetros (25,35 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos; Norte: con local de GEORGE FARES; Sur: con pasillo de circulación: Este: con local p1-26 y Oeste con local p1-24; local p1-26: tiene un área aproximada de veinte y dos metros cuadrados con sesenta y ocho centímetros (22,68 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos; Norte: con local de GEORGE FARES; Sur: con pasillo de circulación; Este; con local p1-27 y Oeste con local p1-25; local p1-27; tiene un área aproximada de veintiún metros cuadrados con sesenta centímetros (21,60 Mtrs2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con local de GEORGE FARES; Sur; con pasillo de circulación; Este: con local p1-28 y Oeste: con local p1-26; local p1-28; tiene un área aproximada de veintidós metros cuadrados con sesenta y ocho centímetros (22,68 Mts2) y esta comprendido dentro de los siguientes linderos; Norte: con local de GEORGE FARES; Sur; con pasillo de circulación Este; y Oeste con local p1-27, es todo. Este Tribunal visto el señalamiento anterior hecho por la parte actora asistida de Abogado y teniendo a la vista el bien inmueble, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: formalmente Embargado el bien inmueble anteriormente señalado y descrito en este acto y declara la desposesión Jurídica del mismo. Seguidamente solicita el derecho de palabra la parte actora asistida de Abogado y concedidole como le fue, expuso: solicito al Tribunal designe como Depositaria Judicial a la ciudadana: YSIL BOLÍVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 13.559.776, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por la parte actora asistida de Abogada procede a designar como Depositaria Judicial a la ciudadana: YSIL BOLÍVAR, antes identificada, quien estando presente acepto el cargo y Juro cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo. Presente en este acto como se encuentra la Depositaria Judicial Designada el Tribunal procede a hacerle la entrega del inmueble anteriormente Embargado Ejecutivamente en este acto, y manifiesta que lo recibe conforme y que lo mantendrá a la orden del Tribunal de la Causa. Concluida y cumplida como ha sido la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 12:30 p.m.- Terminó, se leyó y conformes firman, La Juez Prov., Dra. Ligia Puerta Valdez. La parte Actora y su Abogado Asistente, Aracelis Liliana Castillo Betancourt, Dra. Adriana Desiree Luque Galindo. El Cerrajero, Julio Teodoro Gil Sanchez. El Jefe de la Com. Policial, S/1ero: Gamarra José G. C.I= 9.873.170. La Depositaria Judicial, Ysil Bolívar, El Alguacil, Miguel Ángel Bravo. La Secretaria, Dra. Maria Milagro Aranguren.-

Com: 04-1537.-
AF.-