REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA:
PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el procedimiento ordinario.
SEGUNDO: SIN LUGAR la Privación de Libertad y en su lugar acuerda las Medidas Cautelares Sustitutiva de privación de Libertad contemplada en los Ordinales 3°, el cual se traduce en presentación periódica cada ocho días por ante el área de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, el 4° la prohibición de salir sin autorización del Tribunal de la localidad en la cual reside o del ámbito del Estado Apure, el 5° la prohibición de concurrir al denominado sector Barrio Chino de esta localidad, y el 9° considerando la misma la prohibición de ingerir bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia psicotrópica, en concordancia con el artículo 259 ejusdem que es la Caución Juratoria.
TERCERO: Fija para el día 14-12-04 a las 4:00 horas de la tarde a los fines de que tenga lugar la Inspección de Orientación a la Sustancia incautada en la Comandancia General de la Policía.
CUARTO: Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia Décima del Ministerio Público trascurrido como sea el lapos de apelación correspondiente a los fines de proseguir con la investigación. Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrese Boleta de Libertad a nombre del ciudadano: RAFAEL PEREZ SOLORZANO, titular de la Cédula de Identidad N° 17.749.781, se dan por notificadas las partes de la presente decisión. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
DRA. LEONOR PÉREZ DE GÓMEZ