ACTA DE JUICIO- 2M 188-03
En San Fernando de Apure, en el día de hoy, Veintisiete (27) de Enero del año Dos mil cuatro, siendo las 10:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto del debate Oral y Público en la causa signada con el número 2M-188-03, seguida en contra del acusado EULER JAVIER NARVAEZ, se constituye el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, actuando como TRIBUNAL MIXTO, en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de esta ciudad, de la manera siguiente: DRA. NORKA MIRABAL RANGEL Juez presidente, en ejercicio de la participación ciudadana los Escabinos ROSA AMELIA MONTOYA, ALEXIS JOSE LINARES y CARLOS AUGUSTO NARANJO, la ciudadana secretaria ABG. YSAURI ROJAS y los Alguaciles de sala. Acto seguido se solicitó a la secretaria verificar la presencia de las partes, siendo informada por esta de la presencia en la sala de la ciudadana Fiscal Primero del Ministerio Público DRA. YEMI MENDOZA, la abogado querellante DRA. OLGA DE MATERAN, la defensa privada DR. JUAN PERNIA y el acusado EULER JAVIER NARVAEZ, quien se encuentra en una sala adyacente por estar privada de su libertad, más no se encuentra presente el otro abogado defensor DR. NEHOMAR NARVAEZ. En este acto la defensa solicita se invierta el orden de intervención y se le conceda el derecho de palabra y en consecuencia expone: En mi carácter de defensor muy respetuosamente solicito a este tribunal el diferimiento del presente juicio motivado a problemas de salud y por cuanto debo trasladarme hasta la ciudad de caracas el día de mañana a realizarme exámenes médicos; es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana fiscal, quien expone: El ministerio público entiende que es una causa justificable el estado de salud de la defensa, no obstante la defensa está constituida por dos profesionales del derecho, mal podría la defensa solicitar el diferimiento y menos aun cuando no consta en autos diligencia alguna por parte del otro abogado defensor solicitando el mismo con anterioridad, es por ello que solicito en este acto se considere abandonada la defensa por parte del abogado NEHOMAR NARVAEZ, de conformidad con el ultimo aparte del articulo 332 del Código Orgánico Procesal Penal, y se designe un defensor público. Por su parte la abogada querellante, expuso: Vista la exposición de la defensa manifiesto mi conformidad porque es evidente el estado de salud del mismo, en cuanto al otro defensor ratifico la solicitud que hiciera la representante fiscal. Acto seguido se le pregunta al acusado si desea continuar con sus abogados defensores o si desea que se le designe un defensor público, a lo que el mismo manifiesta lo siguiente: Yo deseo continuar con mis abogados, no quiero que se me designe defensor público. Seguidamente la Juez, expone: Una vez escuchada la exposición de las partes, en cuanto a la solicitud fiscal después de haber oído de viva voz por parte del acusado su voluntad de continuar con sus abogados defensores descartando así la posibilidad de solicitar la designación de defensor público se declara sin lugar la misma, y en consecuencia este tribunal se ve en la imperiosa necesidad de diferir la realización de la audiencia oral y pública para el día 23-03-04, a las 10:00 am, todo en virtud del calendario de juicios previamente fijados por este tribunal aunado a la circunstancia de que actualmente se cuenta con una sola sala de juicio para los tribunales de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure. La fiscal solicita el derecho de palabra y concedido como le fue, expuso: Quiero que se deje constancia en acta que el motivo del presente diferimiento no deberá tomarse en cuenta para una posible solicitud de cambio de medida en virtud que es la defensa quien en este acto esta retrasando la realización del mismo. Por su parte la defensa expuso: Esta defensa se compromete en este acto a no realizar solicitud alguna de cambio de medida. Seguidamente siendo las 10:40 am se da por concluida la audiencia. Quedan notificadas las partes presentes. Es todo. Librese las respectivas Boletas de Notificación y citación. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE JUICIO N° 2.
DRA. NORKA MIRABAL RANGEL
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