REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SALA DE JUICIO No. 01, SAN FERNANDO, (21) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO (2.004).-
194° y 145°
Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 22-01-04, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 492 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 y siguiente del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, a los fines de que estampe la nota marginal en la Partida de Nacimiento N° 409, de fecha 12-05-2003, en la cual se estableció el Reconocimiento Judicial de la filiación entre la niña MARIELSY ANALIS OJEDA LUGO y el Ciudadano JESUS ELIECER OJEDA. Igualmente se acuerda expedir copias certificada de la Sentencia a la parte solicitante de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Lìbrese lo conducente.-
La Juez Prov.,
Dra. Margarita Castillo.
El Secretario,
Dr. Ernesto Bocaney
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario,
Dr. Ernesto Bocaney
EXP: N° 9785
MC/ELBO/Celenne
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