REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS

San Fernando de Apure, 27 de julio de 2004
194º y 145º


EXPEDIENTE Nº 2.695


Las presentes actuaciones suben a esta Superior Instancia, en copias debidamente certificadas con motivo de la inhibición propuesta por la Dra. NELSY VALENTINA MUJICA RIVERO, Juez Primero de Segundo Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de Indemnización Laboral y Demás Beneficios de Prestaciones instaurado por la ciudadana OLGA DE JESUS GONZALEZ RIVERO contra el ciudadano VICTOR PEREZ, en su carácter de Representante legal de la Asociación Civil, Colegio Diocesano “San Fernando”.

Llegada la oportunidad señalada en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, esta Alzada, para decidir la inhibición propuesta hace las siguientes consideraciones:

Consta de las copias certificadas que anteceden que la Juez A-quo, en fecha 21 de julio del 2004 manifestó su voluntad de inhibirse de continuar conociendo por considerarse incursa en la causal de inhibición prevista en el ordinal 18ª del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 84 ejusdem, alegando enemistad manifiesta con el Dr. HECTOR DAYAN BALCAZAR GONZALEZ, apoderado de la parte demandante.

Se observa:

Efectivamente consta en el folio 18, que la Juez Dra. NELSY VALENTICA MUJICA RIVERO, declaró enemistad manifiesta y por ello está incursa en la causal de reacusación prevista en el ordinal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y al proponer su inhibición ha dado cumplimiento a lo estipulado y sancionado en el artículo 84 del citado Código, en consecuencia, este Tribunal considera que la inhibida ha actuado conforme a derecho y su inhibición debe prosperar. Así se decide.

D I S P O S I T I V A

Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:

PRIMERO: Con Lugar la Inhibición propuesta por la Dra. NELSY VALENTINA MUJICA RIVERO, Juez de la Causa, en el juicio de Indemnización Laboral y Demás Beneficios de Prestaciones Sociales seguido OLGA DE JESUS GONZALEZ RIVERO contra el ciudadano VICTOR PEREZ, en su carácter de representante legal de la Asociación Civil, Colegio Diocesano “San Fernando”, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil.

SEGUNDO: Remítase el expediente a la ciudadana Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que continúe conociendo del juicio.

TERCERO: Notifíquese de esta decisión a la Juez Inhibida para fines legales consiguientes.

Librase oficios, publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este Juzgado Superior a los veintisiete (27) día del mes de julio del año Dos Mil Cuatro (2004). AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.

El Juez,


Dr. Julián Silva Beja.

La Secretaria,


Abg. Jeannet Josefina Aguirre

En esta misma fecha y siendo las 9:00 a.m., se publicó y registró la anterior sentencia.


La Secretaria,


Abg. Jeannet Josefina Aguirre







Exp. Nº 2695
JSB/JJA/yoc.