REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 04-1457.-


En el día de hoy, trece de Julio del año dos mil cuatro, siendo las 11:15 a.m. conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la sede de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, en la Oficina de Tesorería, ubicada en la Avenida Miranda de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, instaurado por el ciudadano RICCARDO PRESTATO, actuando en nombre y representación de la AGROPECUARIA PREAGRO C.A., contra el ciudadano ALFREDO JESÚS HURTADO GUILLEN, y ejecutar la Medida Preventiva de Embargo, decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano JOHNY RAFAEL NAVARRO BOLIVAR venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.872.885 en su condición de Tesorero encargado de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando del Estado Apure Presente en este Acto el ciudadano RICCARDO PRESTATO, italiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-82.014.215, en su condición de parte actora en este acto debidamente asistido por el Abogado en ejercicio PEDRO MANUEL SOLÓRZANO MIRABAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.233.168, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.647, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Presento al Tribunal para que sea Embargado, las ordenes de pago signadas con los N° 002710, a nombre o beneficiario ALFREDO JESÚS HURTADO GUILLEN, por el monto en bolívares de DOCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (12.880.000) por concepto de pago de servicio de alquiler de maquina de tractor, tipo oruga, marca caterpillar, color amarillo, tipo D8H-46A, serial 15804, utilizada para el acondicionamiento del vertedero municipal, correspondiente al lapso comprendido desde el 16-01-al 31-01-2004, contrato anexo según orden de servicio N° 229; siendo las características de dicha orden de pago, tipo de orden Especial; Numero de orden 2710, fecha 30-04-2004, compromiso, documento 229, orden de servicio (tipo de documento) fecha; 30-04-2004. Así mismo señalo al Tribunal para ser Embargado, orden de pago N° 009166, a la orden o beneficiario ALFREDO JESÚS HURTADO GUILLEN, por la cantidad de VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 25.760.000.oo), por concepto de pago de servicio de Alquiler de maquina tractor, tipo oruga marca caterpillar, color amarillo, tipo D8H-46A, serial 15804, utilizada para el acondicionamiento de vertedero municipal en el lapso comprendido desde el 12-11- al 13-12-2003, contrato según orden de servicio N° 1178; siendo las características de dicha orden de pago las siguientes: Tipo de Orden: Especial N° 9166, fecha 31-12-2003, compromiso documento N° 1178 tipo de documento: Orden de servicio, fecha 31-12-2003, Se hace la salvedad que a los montos de las ordenes de pago señaladas arriba al hacerse efectivo su pago, se le descontaran los impuestos correspondientes al Municipio y el impuesto nacional (SENIAT); la suma total a embargar es la de TREINTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 38.640.000) menos los impuestos señalados. Solicito al Tribunal se inste al Tesorero encargado de esta Alcaldía para que se anexe en copia fotostática simple toda la documentación y sus anexos correspondientes a las ordenes de pago aquí señaladas. Por ultimo pido al Tribunal que por cuanto el monto aquí señalado, no cubre el mandamiento de ejecución correspondiente, se deje abierto el derecho de seguir señalando y embargando bienes pertenecientes al demandado ALFREDO JESÚS HURTADO GUILLEN venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.904.671, es todo. El Tribunal teniendo a la vista las Ordenes de Pago N° 002710 y 009166, en donde se evidencia la existencia de una acreencia a favor del demandado ALFREDO JESÚS HURTADO GUILLEN, por las sumas de dinero indicadas por la parte actora asistido de Abogado, o sea, 25.760.000,oo Bs. y 12.880.000,oo Bs., es por lo que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Embargadas Preventivamente las sumas de dinero antes señaladas a las cuales le serán descontados los impuestos correspondientes y se declarara la desposesión jurídica de la misma, y asi mismo se le ordena al Tesorero encargado de que al emitir la Orden de Pago se sirva remitir al Tribunal de Causa, es decir; JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en Cheque de Gerencia en la oportunidad legal correspondiente, asi mismo acuerda mantener abierta la Medida solicitada por la parte actora y asi mismo ordena al Tesorero encargado de remitir al Tribunal las copias fotostáticas simples de toda la documentación que acredita la acreencia, es todo, y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 12:20 p.m., Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez, La parte actora y su Abogado Asistente, Riccardo Prestato. Dr. Pedro M Solórzano. El notificado. Johny Rafael Navarro El jefe de la Com, Policial, Pedro Gutierrez. C.I 11.753.707. El Alguacil Miguel Ángel Bravo.- La Secretaria Dra. Maria Milagro Aranguren.-

Com; N° 4-1457.-
AF.-