REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 13 de Julio de 2004
194º y 145º

CAUSA 2C-5.829-04

Vista la solicitud interpuesta por el DR. ULISES JOSÉ RIVAS ZAMBRANO, en el carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, actuando como Fiscal con competencia Plena, mediante la cual como Acto Conclusivo de Investigación, solicita al Tribunal declare el sobreseimiento en la causa seguida contra el ciudadano MIGUEL ELOY ARTAHONA ARAY titular de la cédula de identidad N° 17.609.354, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no pueden atribuirse la comisión de los hechos imputados en el presente caso. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa:

PRIMERO: La presente averiguación se inicia en fecha 05-05-2004, en virtud del procedimiento realizado por Funcionarios adscritos a la Comandancia General de la Policia del Estado Apure, donde dejan constancia que en fecha 02-05-04, aproximadamente a las tres y treinta (3:30 pm) de la tarde, cuando realizaban patrullaje, por las inmediaciones de la vía perimetral de esta ciudad, avistaron a un ciudadano que se trasladaba a bordo de una moto y el mismo trato de huir, siendo aprehendido, realizándose una revisión de persona, no encontrándose ningun tipo de evidencia que lo hiciera responsable de un hecho ilícito punible, quedando identificado como MIGUEL ELOY ARTAHONA ARAY, a quien le fueron solicitados la documentación que acreditara la propiedad de la moto, presentando el mismo una factura a nombre del ciudadano CHARLY CORTEZ, emitida por el Comercial Bimoto, la cual describe una moto Marca Yamaha, Tipo Jog, Color Negro, Serial 3RY-1593398, la cual correspondía con las características de la moto, pero no con la identificación de la persona que la circulaba, en tal sentido fue retenida la mencionada moto y puesta a la orden del Ministerio Publico para su respectiva investigación.

SEGUNDO: se comisiona para la práctica de las diligencias propias de la fase preparatoria, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación del Estado Apure, con el objeto de lograr el total esclarecimiento de la verdad de los hechos. Practicando experticia N° 3167, de reactivación de seriales al vehículo con las siguientes características: Marca: Yamaha, Tipo: Jog Artistic, Tipo: Paseo, Color: Negro, Serial Cuadro: 3RY-1593398, obteniendo como resultado todos sus seriales ORIGINALES, y se verifico por el sistema el no se encuentra solicitado por ningun órgano policial (Fol. 1).

TERCERO: cursa al folio 10, entrevista al ciudadano MIGUEL ELOY ARTAHONA ARAY, portador de la cédula de identidad N° 17.609.354, residenciado en la Calle Perimetral, diagonal al Centro de Acopia, Vereda 2, Casa s/n de esta ciudad, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “…bueno hace aproximadamente como quince días, yo me encontraba tomándome unas cervezas con la mujer mía ANGELICA MARIBEL NOGUERA y llego la policía pidiendo los documentos de la moto, yo se los mostré y verificaron todo estaba bien, ellos dijeron que me iban a hacer un chequeo y como me saque del bolsillo de mi pantalón la cantidad de doscientos mil bolívares, un policía me dijo que le diera para los refrescos y no me pasaba la moto para la Fiscalia y como no le quise dar dinero se molesto y me quito la moto y me dijo anda a buscarla al comando de la policía y cuando estaba a la orden de la Fiscalía…”

CUARTO: Cursa al folio 16, escrito suscrito por el ciudadano CHARLES JOSÉ CORTEZ BLANCO, en el cual solicita la entrega de un vehículo con las siguientes características: Marca: Yamaha, Tipo: Jog Artistic, Tipo: Paseo, Color: Negro, Serial Cuadro: 3RY-1593398.

QUINTO: Cursa al folio 11, Factura N° 05533 emitida por el Comercial Bimoto Imperio, a nombre del ciudadano CHARLY CORTEZ, donde se describe una moto Marca: Yamaha, Tipo: Jog Artistic, Tipo: Paseo, Color: Negro, Serial Cuadro: 3RY-1593398.

Este Tribunal en base a lo anteriormente expuesto y vista la solicitud del ciudadano Fiscal del Ministerio Público considera que lo procedente y ajustado a derecho es acoger la solicitud fiscal y DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad a lo previsto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el DR. ULISES JOSÉ RIVAS ZAMBRANO, Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Y DECRETA El SOBRESEIMIENTO de la causa N° 2C-5.829-04, seguida en contra de MIGUEL ELOY ARTAHONA ARAY de conformidad con el articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese a la victima de la presente decisión y en la oportunidad de ley, remítase las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,

DR. JESÚS SILVA PADRÓN.







EL SECRETARIO,

ABG. JOSÉ LUIS SANCHEZ.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO,

ABG. JOSÉ LUIS SANCHEZ.







CAUSA N° 2C-5.829-04
JSP/JLS/wn.-