REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
TRIBUNAL DE CONTROL
CAUSA No. 1C-2252/04
Guasdualito, 22 de Junio del 2004.-
194° y 145°
JUEZ: ABG. MIGUEL PADILLA BAZO
FISCAL III DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. CARLOS FEBRES BASTARDO
DEFENSOR(A) PRIVADO: Abg. Windio Aracs Pulido y Yimit Mirabal.
DELITO: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PISCOTROPICAS.
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
IMPUTADO(S): JOSE GILBERTO DUARTE GUAVITA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Ciudadanía Nro. V-17.388.322, nacido en Puerto López - Dependencia del Meta Colombia, fecha de nacimiento 16-12-1971, de 32 años de edad, de ocupación u oficio Obrero, Alfabeta, hijo de Juan de Jesús Duarte (f) y Maria Inés Corredor, residenciado en el Caserío Aceitito, después de Puerto Carreño, Departamento del Bichada- Colombia. Teléfono 6720601.
JOSE EFRAIN VARGAS GARRIDO, de nacionalidad Venezolana, soltero, titular de la cédula de Identidad No. C.I V.- 18.544.974, nacido en Fundo El Algarrobo, a orillas del río Meta, fecha de nacimiento 19-02-1981, de 23 años de edad, de ocupación u oficio Obrero, Analfabeta, hijo de Aquino Ramón Vargas y Carmen Mercedes Garrido, residenciado en la Finca Arepital, Puerto Páez, Estado Apure, Vía San Juan de Payara, Estado Apure.
MARIA NOELIA MARQUEZ AVENDAÑO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltera, con cedula de identidad Nº V.- 12.462.608, Alfabeto, nacida en Socopo, Estado Barinas, fecha de nacimiento 21-10-1975, de 29 años de edad, de ocupación u oficio Costurera, hijo de Juan Miguel Márquez Pulido y Maria Victoria Avendaño Ribas, residenciado en El Fundo El Progreso, Puerto Páez, San Carlos del Meta Estado Apure. Teléfono 0273-9280522 (Madre).
HERNANDO CAÑAS CORRALES, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Ciudadanía No. V-18.255.482, nacido Santa Rosalía, Departamento del Bichada - Colombia, fecha de nacimiento 01-05-1970, de 34 años de edad, de ocupación u oficio Obrero, Alfabeta, hijo de Luis Ernesto Caña González y Rosalía Corrales Girón, residenciado en la Finca Lagunazo, Departamento del Bichada, cerca de un pueblo llamado La Primavera - Colombia.
PEDRO LONDOÑO ESTRADA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Ciudadanía No. 82.129.528, nacido en Honda, Departamento de Tolima- Colombia, fecha de nacimiento 08-11-1962, de 41 años de edad, de ocupación u oficio Agricultor, Alfabeta, hijo de Juan de Jesús Londoño García y Sara Estrada de Londoño, residenciado en el fundo El Progreso, Puerto Páez, San Carlos del Meta, Estado Apure. Telefono 0273-8083116.
AUDIENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA DE DECLARACIÒN DE TESTIGO
En Guasdualito, siendo las 12: 35 p.m, del dìa de hoy, se constituye el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualitio, en la sede del Teatro de Operaciones Nro. 01 de esta ciudad, presidio por el Abogado Miguel Padilla Bazo, a objeto de tenga lugar la AUDIENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA DE DECLARACIÒN DE TESTIGO, solicitada por el Ministerio Pùblico, de conformidad con el articulo 307 del Còdigo Orgánico Procesal Penal, en la presente causa instruida contra los imputados JOSE GILBERTO DUARTE GUAVITA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Ciudadanía Nro. V-17.388.322 JOSE EFRAIN VARGAS GARRIDO, de nacionalidad Venezolana, soltero, titular de la cédula de Identidad No. C.I V.- 18.544.974 MARIA NOELIA MARQUEZ AVENDAÑO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltera, con cedula de identidad Nº V.- 12.462.608 HERNANDO CAÑAS CORRALES, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Ciudadanía No. V-18.255.482 PEDRO LONDOÑO ESTRADA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Ciudadanía No. 82.129.528, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la ley sobre Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas y OCULTAMINETO DE ARMAS previsto y sancionado en el articulo 275 del Còdigo Penal Venezolano. Se verificación de las partes, encontrándose en la sal el representante del Ministerio Pùblico, los Defensores Privados Abg. Windio Aracas Pulido, Inpreabogado Nros. 91.741 y 81.402, respectivamente, nombrados en escrito presentado al Tribunal en fecha 23-06-2.004, donde revocaron el nombramiento anterior del Abg. Marco Aurelio Briceño; el Tribunal procede en este acto al juramento de la Ley de los prenombrados defensores, deberes y derechos inherentes al cargo para el cual fuimos designados”, y el testigo.
El Juez expone en que consiste el presente acto de PRUEBA ANTICIPADA DE DECLARACIÒN DE TESTIGO. El Juez, procede a tomar Juramento de ley y le concede el derecho de palabra al declarante ciudadano CARLOS MORELES ARTEAGA, Colombiana, natural de Bogota Colombia, con cédula de Ciudadanía Nro. 73.764.465, de profesión transportador, domiciliado en Bogota, Conjunto Residencial Centenario Paliboro, interior 2, Apartamento 302; quien expone:”Me encontraba en la ciudad de Puerto Pàez, cerca de Batallón paseando, salio una comisión del Ejecito y me pidieron el favor de que les acompañara hacia el sitio que no me dijeron donde era, y me pidieron el favor de que los acompañara a servir de testigo, andando como a tres horas y media en una camioneta toyota, llegamos a una finca, donde allí señores del Ejercito, encontraron una cocaína enterrada, además de esto vi. unas armas, me trajeron en helicóptero a estas instalaciones, llevo cinco dìas y no quiero volver a la casa porque no es mi problema, estoy colaborando, soy familiar del Registrador de Puerto Carreño, donde me encontraba paseando junto con mi esposa y mis dos hijos, los cuales desde ese dìa que acompañe al ejercito, no los veo ni los llamo, yo soy un transportador, tengo un taxi de mi propiedad, viajo de Bogota a Villavicencio y necesito volver a mi casa y mi trabajo, no más.
Se concede el derecho de palabra al Ministerio Pùblico, quien realiza las siguientes preguntas: El dìa que los funcionarios le pidieron la colaboración, donde se encontraron los objetos? Res: Se encontró un tanque enterrado, como 100 metros al respaldó de la casa, cerca de ese hueco habìa otro tanque que estaba vacío, y como 30 metros del tanque vació, se vio un pote de 50 galones donde se encontró una pistola, como a 2 Kilómetros de la casa, los señores encontraba un avión donde cerca habìa gasolina, de allí salimos para otra casa en el monte donde habìa camas, comida, sacos, cuando usted llegó? Res: Se encontraba una señora y dos señores. ¿Los funcionario le hicieron preguntas a estas personas? Res: Si, les pidieron los papeles. ¿ Los funcionarios lo maltrataron a usted, para que diera información de algo? Res: No, yo solo colaboré y no pensé que la colaboración durara tanto tiempo.
Se concede el derecho de palabra a la Defensa Privada quien realiza las siguientes pregunta: ¿Diga el testigo el nombre de finca donde se encontraba?. Se llamaba Fundo el Progreso. ¿A que distancia se encontraba toyota se gastó como tres horas y medida a cuatro.¿ Diga el testigo se recibió instrucciones de los funcionarios como declarar?. Res: No. ¿Diga si conoce de vista a los presunto imputados?. No. ¿ Diga cuantos dìas tenia en Venezuela y en que sitio se hospedó en Puerto Pàez, cuando le pidieron la colaboración?. Res: En una residencia, no me acuerdo el nombre, como a 5 minutos de Puerto Pàez, pagué 14 mil bolívares. ¿Andaba solo o acompañado? Res: Con un primo. ¿Identifique plenamente a la persona que lo acompañaba?. Res: El se encuentra en Puerto Carreño. Nuevamente tomó la palabra el Fiscal del Ministerio Publico, procediendo a hacer algunas preguntas: ¿Cuándo ustedes fueron al sitio habìa tres radios pequeño, una antena para radio y unos celulares, cerca al tanque subterráneo o jaguey, habìa dos antenas y celulares. ¿Qué actitud tomaron esas personas? Res: no, los vi. muy nerviosos, Esteban tranquilos. Es todo. Se concluye el acto a las 01:00 de la tarde. Es todo. Se termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ DE CONTROL,
ABG. MIGUEL PADILLA BAZO
FISCAL III DEL MINISTERIO PUBLICO,
ABG. CARLOS FEBRES
DEFENSORES PRIVADOS,
ABG. WINDIO ARACAS PULIDO
ABG. YIMIT MIRABAL
EL TESTIGO,
CARLOS MORELES ARTEAGA