REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 09 DE JUNIO DE 2.004.
194° y 145°
Este Tribunal observa que a los fines de Decretar el Archivo Judicial, de conformidad a lo previsto y regulado en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa, ordena se realice por Secretaria el Cómputo respectivo, de los días continuos transcurridos desde el día Dieciocho (18) de Marzo del Dos Mil Cuatro exclusive, hasta el día de hoy Nueve (09) de Junio de Dos Mil Tres inclusive. Líbrese el Cómputo.
LA JUEZ DE CONTROL,
ABG. MIGUEL PADILLA BAZÓ
LA SECRETARIA,
ABG. INDIRA VIVAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
ABG. INDIRA VIVAS.
CAUSA 1C907/03
MPB/IV/yc.-
COMPUTO
La suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito; ABG. INDIRA VIVAS, hace constar por medio del presente, cómputo que desde el día Dieciocho (18) de Marzo del Dos Mil Cuatro exclusive, fecha en que se celebró AUDIENCIA DE FIJACIÓN DE PLAZO, a fin de que el Ministerio Público presentara un acto conclusivo, (acusación, Sobreseimiento o Archivo Fiscal), hasta el día de hoy Nueve (09) de Junio de Dos Mil Cuatro inclusive, han transcurrido OCHENTA Y TRES (83) DÍAS CONTINUOS. CAUSA 1C907/03.-
LA SECRETARIA,
ABG. INDIRA VIVAS