REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (10) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO (2.004)

194° y 145°

Visto el convenimiento que antecede, suscrito entre los ciudadanos: JANIS ADELSO LOPEZ y EDITH MAGALYS PACHECO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.362.698 y 10.620.444, de fecha 02-06-04 ante este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure, en lo que respecta al incluir al niño PACHECO CASTILLO JANIS LEONARDO en todos los Beneficios Sociales que le puedan Corresponder como hijo del Ciudadano antes mencionado. Y la Ciudadana arriba mencionada manifestó que hace formal entrega de la Partida de Nacimiento de su hijo ya identificado a su padre, con la finalidad de que lo incluya en los Beneficios Sociales que le corresponda como tal.- Se HOMOLOGA dicho convenimiento en los Términos Expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.- Cúmplase.


La Juez Prov.,

Dra. MARGARITA CASTILLO.

El Secretario.,


Dr. ERNESTO BOCANEY
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-

El Secretario.,


Dr. ERNESTO BOCANEY

Exp. N° 10.269
MC/ELBO/Celenne