REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, (17) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO (2004.-)


194° y 145°



Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 24-05-04, se ordena su ejecución.- En consecuencia, se acuerda expedir Dos (02) Copias Certificadas de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes.- Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 523 del Código de Procedimiento Civil y 475 del Código Civil .- Cúmplase. Líbrese lo conducente.-

La Juez Prov.

Dra. MARGARITA CASTILLO.-
El Secretario.-

Abg. ERNESTO BOCANEY.-

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-

El Secretario.-

Abg. ERNESTO BOCANEY.-

Exp. N° 8925
MC/ELBO/Celenne