REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure


ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 04-1335.-

En el día de hoy, dieciocho de Marzo del año dos mil cuatro siendo, las 9:30 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el local comercial denominado Frigorífico San Fernando C.A., al frente del Súper Mercado Canarias, ubicado en la Calle Sucre, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, el cual es de su presunta propiedad, lugar señalado por la Abogada Actora, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, seguido por la Abogado LUISA ELENA OVIEDO, en su propio nombre, contra el ciudadano GEORGES ANWAR FARES MOURAD, y ejecutar la Medida Ejecutiva de Embargo, decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano GEORGES ANWAR FARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 13.822.940, en su condición de parte demanda, presente en este acto la Abogada en ejercicio LUISA ELENA OVIEDO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 3.953.847, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 10.213, en su condición de Abogada de la parte Actora. En este estado se hace presente el Abogado en ejercicio JUAN CORDOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 8.150.033, Inscrito en el inpreabogado bajo el N° 20.868, en su condición de Abogado Asistente de la parte demandada, quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue expuso: Yo GEORGES ANWAR FARES, asistido de Abogado, con el fin de ponerle fin a la ejecución que se me sigue, al juicio que dio origen pago en este acto en dinero efectivo la cantidad que se refiere el mandato que es la siguiente: NOVECIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs.980.950,80), así mismo solicito se envié el presente Despacho de Comisión al Tribunal de la causa para su respectivo archivo, es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra la Abogada Actora y concedídole como le fue, expuso: Declaro aceptar el dinero efectivo la cantidad adeudada que declaran extinguido el proceso de ejecución no quedando nada que reclamar por tal concepto, es todo. El Tribunal vista las exposiciones anteriores ordena remitir el presente despacho al Tribunal de la causa y no habiendo ninguna otra diligencia que hacer da por terminado el acto y ordena su regreso a su sede natural, siendo las 10:15 a,m.- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez, La Abogada Actora. Dra. Luisa Elena Oviedo. El notificado-demandado y su Abogado Asistente Georges Anwar Fares. Dr. Juan Cordova. El Jefe de la Com, Policial, Sandro Padilla. C.I. 12.901.628, El Alguacil, Miguel Ángel Bravo. La Secretaria, Dra. Maria Milagro Aranguren.

COM: N° 04-1335.-
AF.-