REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


Mantecal, 19 de Marzo de 2004
193º y 145º



Exp. No. 154-99


Archívese el presente expediente, habida cuenta que la solicitante: ALBA NELLY MÚNERA de VALLADARES, ha manifestado en este Despacho que el obligado, BARTOLO VALLADARES ORTEGANO, ciertamente está cumpliendo con la Obligación Alimentaria de su menor hijo: JONATHAN MIGUEL, de Bolívares Cincuenta Mil, la cual fue fijada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Barinas, de esa misma Circunscripción Judicial.-

En consecuencia, como es el Tribunal especializado, el que dictó la Sentencia, es obvio que esta causa ha de archivarse, en virtud de que el fin o pretensión de la solicitante fue satisfecha, por lo que no hay materia sobre la cual pronunciarse, motivado a que no se puede decidir a cerca de lo ya decidido; con carácter de cosa juzgada, como lo es la decisión dictada por el Juez de la Causa y así se declara.-

DISPOSITIVA



Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, ACUERDA: ARCHIVAR la presente causa, en virtud de que el fin o pretensión de la solicitante fue satisfecha, por lo que no hay materia sobre la cual pronunciarse, motivado a que no se puede decidir a cerca de lo ya decidido; con carácter de cosa juzgada, como lo es la decisión dictada por el Juez de la Causa.-
Diarícese, déjese copia y archívese la presente causa.-

La Jueza,

Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,

Teresa Y. Márquez de Laya


Seguidamente se publica la anterior sentencia en el mismo día de hoy: 19/03/04, a las 11:oo a.m., Conste.-

Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria








CDM/tymd
Exp. No. 154-99