REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure


EXPEDIENTE: Nº 2.001 -2.567

DEMANDANTE: LUIS RAUL HERNANDEZ RIBERO,
asistido por el Abogado MARCOS
GOITIA.

DEMANDADO: JESUS DEL VALLE SOLORZANO
AÑEZ.

MOTIVO: TRABAJO (PRESTACIONES
SOCIALES)

FECHA DE ENTRADA DEL
EXPEDIENTE: 06-06-2001.

Al folio 6 del expediente, cursa un auto dictado por este Tribunal, ordenando computar el tiempo transcurrido desde el día 26 de Junio de 2.001,
fecha esta contentiva de la última actuación que corre inserta al folio 21 del expediente, computo este que se hizo por Secretaría, resultando que entre ambas fechas señaladas ha transcurrido un lapso de DOS (02) AÑOS, NUEVE (9) MESES y CUATRO (04) DIAS.

El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en su primera parte establece:“TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO POR LAS PARTES. LA INACTIVIDAD DEL JUEZ, DESPUÉS DE VISTA LA CAUSA, NO PRODUCIRA LA PERENCION.” A su vez el articulo 269 ejusdem dispone: “LA PERENCION SE VERIFICA DE DERECHO Y NO ES RENUNCIABLE POR LAS PARTES. PUEDE DECLARARSE DE OFICIO POR EL TRIBUNAL Y LA SENTENCIA QUE LA DECLARE, EN CUALQUIERA DE LOS CASOS DEL ARTICULO 267, ES APELABLE LIBREMENTE.” En consecuencia, habiéndose comprobado plenamente de los autos, que ha transcurrido el lapso legal para que opere y se declare de oficio la Perención en la presente causa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así se declara y por lo tanto extinguida la Instancia en el Juicio de DE TRABAJO (PRESTACIONES SOCIALES), seguido por el ciudadano LUIS RAUL HERNANDEZ, asistido por el Abogado MARCOS GOITIA contra el ciudadano JESUS DEL VALLE SOLORZANO AÑEZ.
De conformidad con las disposiciones del Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a la parte demandante mediante boleta.

PUBLIQUESE, REGISTRESE NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Cinco (05) días del mes de Mayo de 2.004.- Años: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.

La Juez,


Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ


La Secretaria,


Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
























Db.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 05 de Mayo de 2.004.

194º y 145º

BOLETA DE CITACION
SE HACE SABER:

Al Abogado MARCOS GOITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.756.223, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.239, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano LUIS RAUL HERNANDEZ RIBERO, que este Tribunal por decisión de esta misma fecha, dictada en el juicio de TRABAJO (PRESTACIONES SOCIALES) seguido por su representado en contra del ciudadano JESUS DEL VALLE SOLORZANO AÑEZ, declaró la PERENCION DE LA INSTANCIA y Extinguió el proceso, de conformidad con lo establecido en el Articulo 269 del Código de Procedimiento Civil.

De conformidad con las disposiciones del Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a la parte demandante mediante boleta.


Conforme con lo dispuesto en el Articulo 233 ejusdem, la presente Boleta será dejada por el ciudadano Alguacil de este Tribunal en el domicilio de la parte demandante, y de estas actuaciones, dejara expresa constancia en el expediente la secretaria del Tribunal.

La Juez,

Abg. EUMELY SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,

Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.





Exp. Nº 2.001-2.567.