REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Mantecal, 06 de Mayo de 2004
194º y 145º
Vista la aceptación de Pago de Préstaciones Sociales recibida por el Trabajador, ROGER MANOLO CÓRDOBA, en lo que se refiere a la consignación realizado por la parte patronal, Compañía Anónima Inversiones Venezolana Ganadera, Hato El Frío, representada en este acto por el Abogado, ANGEL ANTONIO MÁRQUEZ DOMINGUEZ; este Tribunal por cuanto no tiene otra diligencia que efectuar, acuerda Homologar el presente Convenimiento, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y así se declara.-
D I S P O S I T I V A
Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que antecede, ACUERDA: Homologar el presente Convenimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
Diarícese, déjese copia y archívese la presente causa.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Seguidamente se publica la anterior decisión en esta misma fecha, 06/05/04, a las 9:45 a.m., Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
CDM/tymd
Exp/252-2004
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