REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES

San Fernando de Apure, 29 de Noviembre de 2004.
194° y 145°


En virtud de haber sido diferida la audiencia oral, convocada de conformidad a lo establecido en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal y pautada para el día 19-11-2004 a las 10:00 horas de la mañana, en la causa 1As 925-04, por cuanto no había sido conformada la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure y visto el avocamiento que para el conocimiento de la causa hiciere en esta misma fecha la DRA. ANA SOFÍA SOLÓRZANO RODRÍGUEZ, se Acuerda: fijar nuevamente para el día 07-12-2004 a las 10:30 a.m. la realización de la misma, a los fines de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Notifíquese a las partes.

LA JUEZA PRESIDENTE

MARIELA CASADO ACERO
NANCY YÁNEZ

SECRETARÍA

Seguidamente en este acto se le dio cumplimiento a lo ordenado.

NANCY YÁNEZ

SECRETARÍA

Causa N° 1As 925-04
MCA/NY/carlos.-