REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 18 de Noviembre de 2004
196° y 145°

AUDIENCIA PRELIMINAR

CAUSA N° 1C-6155-04

JUEZ DRA. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA
FISCALIA DECIMA DEL MINISTERIO PUBLICO
DEFENSA DRA. MARIA ELENA DELGADO

SECRETARIA ABG. ATAMAICA QUEVEDO


IMPUTADA:

VICTIMA:
DIAMOND DE SALAZAR GEORGINA


LA COLECTIVIDAD





En el día de hoy, dieciocho (18) de Noviembre de 2004, siendo las 02:30 horas de la Tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar conforme a lo establecido en el articulo 327 del Código Orgánico Procesal Penal. Se constituye este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Seguidamente la ciudadana Juez solicita del ciudadano Secretario verificar la presencia de las partes quien expuso: Se encuentra presente el Ciudadano Fiscal Decimo del Ministerio Público
DR. JOSE DOMINGO RUIZ, la Defensa Pública DRA. MARIA ELENA DELGADO, más no así la imputada ciudadana DIAMOND DE SALAZAR GEORGINA. Seguidamente la Juez de este Tribunal expone: Siendo esta la oportunidad fijada por este Tribunal a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar y visto el escrito presentado por la Representación Fiscal DR. JOSE DOMINGO RUIZ en virtud de la incomparecencia de la imputada por cuanto el traslado no llego a tiempo, motivo por el cual no ha podido realizarse la audiencia, este Tribunal se ve en la imperiosa necesidad de diferir la realización de la presente audiencia, la fija para el día Viernes 19-11-04 a las 09:00 horas de la mañana. Quedan notificados los presentes. Notifíquese a los ausentes. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DRA. NORKA MIRABAL RANGEL.


EL FISCAL
DR. JOSE DOMINGO RUIZ

LA DEFENSA
DRA. MARIA ELENA DELGADO





LA SECRETARIA
ABG. ATAMAICA QUEVEDO


CAUSA 1C 6155-04
NMR/aq.